Orden CUL/9/2011, de 23 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de becas en materia de artes en general.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyOrden

Conforme establece el artículo 24.18 del Estatuto de Autonomía, la cultura es competenciaexclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de Cantabria pretende contribuir a la promoción de la política de juventud existente enla Comunidad, y para ello se considera oportuno establecer una línea de becas a favor de losjóvenes que facilite su profesionalización en el ámbito de las artes y su inserción profesional,apoyando su participación en cursos formativos o de perfeccionamiento y en el desarrollo deproyectos, trabajos o actividades que estén orientados a esta finalidad.

En el ejercicio de la misma, y con el fin de fomentar las artes en general, por medio de lapresente Orden se establecen las bases reguladoras y se convocan 12 becas, cuatro en materia de artes escénicas, cuatro en materia de artes plásticas y cuatro en materia de música ydanza de Cantabria, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia,objetividad, igualdad, no discriminación, control, eficacia en el cumplimiento de los objetivosfijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursospúblicos, establecidos en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

Por todo ello, en el marco de las citadas Leyes, y en uso de las atribuciones conferidas enlos artículos 16 y 23.1 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, y 33.f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración dela Comunidad Autónoma de Cantabria.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y régimen jurídico
  1. La presente Orden tiene por objeto el fomento de las artes escénicas, artes plásticas ymúsica y danza de Cantabria, mediante la convocatoria de doce (12) becas, cuatro (4) porapartado, que facilite el desarrollo de proyectos, trabajos de perfeccionamiento y ampliaciónde estudios en el ámbito de las artes reseñadas.

  2. La actividad becada deberá iniciarse en el año 2011, y finalizarse antes de 1 de noviembre de 2012.

  3. La concesión de las becas se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen deconcurrencia competitiva.

Artículo 2 Compatibilidad

La percepción de la beca será incompatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas,ingresos o recursos para la misma finalidad (art. 18.2 Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio).

Artículo 3 Gastos subvencionables
  1. Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturalezade la actividad subvencionada, por tener una relación directa y necesaria con su desarrollo, yse realicen y paguen dentro del periodo de ejecución definido en el artículo 1.2.

  2. En concreto, se considerarán gastos subvencionables los referidos a los siguientes conceptos:

    1. Matrícula.

    2. Transporte (ida y vuelta del curso, en su caso).

    3. Estancia.

      CVE-2011-2869

    4. Manutención.

  3. Quedan excluidas de la presente convocatoria las actividades académicas previstas enlos planes de estudio de las enseñanzas regladas que se impartan por centros públicos o privados debidamente autorizados, así como las actividades deportivas y recreativas.

  4. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superioral valor de mercado.

Artículo 4 Beneficiarios
  1. Podrán ser beneficiarios de estas becas los artistas españoles residentes en Cantabriaque no hayan cumplido 30 años en la fecha de publicación de esta convocatoria, y que no hayan recibido otras ayudas del Gobierno de Cantabria relacionadas con el objeto de esta Ordenen los últimos cinco años, excluido 2010.

  2. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario quienes se hallaren en alguna delas circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

Artículo 5 Solicitudes: plazo, lugar y forma de presentación
  1. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el díasiguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.

  2. La solicitud se presentará preferentemente en el Registro de la Consejería de Cultura,Turismo y Deporte (Pasaje de Peña n.º 2, 1.ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera delos lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el artículo105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre.

    Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada ensobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que ésteproceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre,del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.

  3. La solicitud de beca se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo I de estaOrden, irá firmada por el interesado o su representante legal y se acompañará de la documentación señalada en el apartado siguiente.

    Los modelos oficiales serán facilitados por el Servicio de Acción Cultural de la DirecciónGeneral de Cultura o podrán descargarse en la página institucional del Gobierno de Cantabriao en la web de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (www.gobcantabria.es, www.consejeriactdcantabria.com, culturadecantabria.com).

  4. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación (original o copia debidamente autentificada):

    1. Memoria explicativa del programa de estudios o trabajo a desarrollar por el solicitante,que incluya:

    2. Una estimación económica del gasto (viaje, estancia, etc.).

    3. Indicación expresa de las fechas de inicio y terminación del mismo.

    4. Documentación acreditativa de la admisión del solicitante en el Centro propuesto en lainstancia para el desarrollo de su programa de estudios/trabajo, pudiendo estar condicionadasu admisión definitiva a la concesión de la beca y/o a la superación de las pruebas de admisión. La citada documentación se referirá al curso académico 2011-2012 y/o cursos/trabajosde perfeccionamiento realizados/a realizar durante el año 2011.

    5. Currículum del solicitante, debidamente documentado, en el que se incluirán los títulosy certificados de los estudios realizados anteriormente sobre la materia de su especialidadartística o técnica y/o los trabajos de composición e investigación realizados en dicha área.

    6. En el caso de solicitantes de beca de artes plásticas, dossier fotográfico de su obra (15fotografías).

    7. Documento identificativo en vigor del solicitante (D.N.I./N.I.F.).

    8. Certificado de empadronamiento en un municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    9. Documento bancario (libreta, extracto de cuenta, recibo, etc...) en el que consten los siguientes datos del beneficiario: nombre y apellidos/razón social, número de identificación fiscal ynúmero de cuenta corriente en la que habrá de ingresarse la beca que, en su caso, se conceda.

    10. Relación de becas recibidas en años anteriores de instituciones públicas o privadas quetengan relación directa con la beca solicitada.

    11. Relación de ayudas económicas para la realización de los estudios y trabajos de investigación para los que se solicita esta beca (Anexo II).

  5. La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Culturapara recabar los certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (A.E.A.T.), dela Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento desus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitantemanifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá presentar los oportunoscertificados junto con su solicitud de beca.

  6. El órgano instructor...

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