Orden EDU/39/2009, de 17 de abril, por la que se establece el currículo de la materia optativa talleres artísticos en las enseñanzas de bachillerato y las condiciones para su impartición en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Orden EDU/39/2009, de 17 de abril, por la que se establece el currículo de la materia optativa talleres artísticos en las enseñanzas de bachillerato y las condiciones para su impartición en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece, en su artículo 34.2, que el Bachillerato se organizará en materias comunes, en materias de modalidad y en materias optativas. Igualmente, determina, en su artículo 34.7, que corresponde a las Administraciones educativas la ordenación de las materias optativas.

El Decreto 74/2008, de 31 de julio, por el que se establece el Currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Cantabria, determina, en su artículo 10, las materias optativas de las enseñanzas de Bachillerato en Cantabria, señalándose en el apartado 9 de dicho artículo que, en el marco de la planificación educativa, la Consejería de Educación podrá establecer otras materias optativas distintas de las que se recogen en el mencionado artículo 10.

Asimismo, el citado Decreto establece para el primer curso de la modalidad de Artes, vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño, tres materias de modalidad: Dibujo Artístico I, Dibujo Técnico I y Volumen. Dado que los alumnos deben cursar tres materias de modalidad en cada curso de Bachillerato, el alumno debe cursar obligatoriamente, en el caso expuesto en el presente párrafo, las tres materias mencionadas, no pudiendo, por tanto, cursar como materia optativa otra materia de modalidad de la misma vía, posibilidad que sí se contempla en la vía de Artes Escénicas, Música y Danza, y en el caso de las otras modalidades de Bachillerato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.8 del mencionado Decreto 74/2008, de 31 de julio. Esta situación puede ser compensada incorporando a la oferta general de materias optativas para el Bachillerato la materia Talleres artísticos, que está íntimamente relacionada con la vía específica que están cursando y profundiza en aspectos propios de la modalidad de Artes.

Asimismo, podrán cursar esta materia optativa los alumnos matriculados en primer curso de la modalidad de Artes, Vía de Artes Escénicas, Música y Danza. Por ello, la Consejería de Educación autoriza la impartición de la materia optativa denominada Talleres artísticos en las condiciones que se establecen en la presente Orden.

En su virtud, en uso de las atribuciones contenidas en el artículo 10.9 del Decreto 74/2008, de 31 de julio, por el que se establece el Currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la Disposición final primera de dicho Decreto, y en el artículo 33.f) de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer el currículo de la materia optativa Talleres artísticos en las enseñanzas de Bachillerato y las condiciones para su impartición en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  2. El currículo de la materia optativa Talleres artísticos es el que se establece en el Anexo a la presente Orden.

Artículo 2 Condiciones para la impartición de la materia optativa Talleres artísticos.
  1. La materia optativa Talleres artísticos podrá ser ofertada únicamente por los centros educativos que impartan la modalidad de Artes en la vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño.

  2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, podrán cursar esta materia optativa únicamente los alumnos matriculados en el primer curso de Bachillerato de la modalidad de Artes.

  3. Los talleres artísticos que los centros pueden ofertar se corresponderán con los campos de actividad profesional propios de las diferentes profesiones de las artes plásticas, la imagen y el diseño. En este sentido, la programación de esta optativa podrá incluir uno o varios talleres de entre los que se mencionan a continuación:

  1. Artes aplicadas de la escultura.

  2. Artes aplicadas de la pintura.

  3. Artes audiovisuales.

  4. Artes del libro.

  5. Cerámica.

  6. Fotografía.

  7. Orfebrería y joyería.

  8. Textiles artísticos.

  9. Vidrio.

En todo caso, independientemente del número de talleres que se incluyan en la programación, la materia se configurará como una sola materia optativa.

Artículo 3 Atribución docente.

La materia optativa Talleres artísticos será impartida por profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Dibujo y de Profesores de Enseñanza Secundaria de la misma especialidad.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única.- Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- El titular de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa podrá adoptar cuantas medidas sean necesarias para la aplicación y ejecución de lo dispuesto en esta Orden.

Segunda.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 17 de abril de 2009.–La consejera de Educación, Rosa Eva Díaz Tezanos.

ANEXO

CURRÍCULO DE LA MATERIA TALLERES ARTÍSTICOS

A lo largo de la historia, el hombre ha utilizado su conocimiento para transformar las condiciones ambientales en las que se mueve, inventando, fabricando y usando diferentes tipos de objetos, a fin de satisfacer sus necesidades. A su vez, esta experiencia creativa le ha llevado a nuevas formas de conocimiento y ha conformado desde los diversos planteamientos estéticos el legado de la cultura material de los pueblos y estados, constituido por realizaciones que hoy calificamos como Artes Aplicadas, y que ha sido recogido y transmitido tradicionalmente a través de los talleres artísticos.

Por otra parte desde la óptica del fenómeno artístico, una característica genérica del arte de nuestro tiempo es la constante ampliación de la sensibilidad estético-plástica.

Tras su ruptura formal, el arte de vanguardia ha generado una actitud de búsqueda permanente, transgrediendo las fronteras académicas establecidas en las artes. En esta progresión el arte de hoy ha pasado a constituir un universo de objetos, conceptos, procesos y técnicas, con límites difíciles de establecer, por lo que los talleres artísticos deben estar abiertos a las nuevas técnicas y tendencias que posibiliten el desarrollo de nuevos oficios artísticos.

En este contexto, la materia Talleres artísticos permite iniciar al alumno de primer curso de Bachillerato de la modalidad de Artes en el lenguaje artístico a través del conocimiento, identificación y uso de los procedimientos básicos y de las técnicas propias de cada taller, situándole en una coyuntura doble, ya que por un lado el trabajo con los materiales y las técnicas le revela las posibilidades expresivas que éstos ofrecen, y por otro le aproxima a las potencialidades y reglas propias de los oficios artísticos.

Semejante compromiso está presente en las bellísimas realizaciones surgidas en los talleres artísticos tradicionales, y en las modernas, que encontramos en el vasto patrimonio histórico artístico estatal, sin el cual sería imposible definir nuestra identidad cultural. En la actualidad, el campo de los talleres artísticos se nos brinda como un ámbito rico y variado para el conocimiento del arte y la investigación plástica.

El componente formativo esencial de esta materia reside en que contribuye específicamente a educar y desarrollar la sensibilidad artística hacia el lenguaje de la materia, las formas y su función, ampliando conocimientos de etapas anteriores y ensanchando el campo perceptivo e instrumental del alumno, lo que le permite abordar con mayor profundidad el conocimiento de las artes plásticas.

Del mismo modo, la materia Talleres artísticos supone una preparación para diferentes estudios posteriores relacionados con el diseño y las artes aplicadas, proporcionando al alumno, mediante planteamientos empíricos, un lenguaje formal básico y unas destrezas o habilidades específicas necesarias para iniciarse con aprovechamiento en dichos estudios. Además facilita un conocimiento inicial de las técnicas y los materiales, y también de valores y actitudes, a fin de que pueda encaminarse hacia estudios específicos de carácter artístico-profesional.

La educación debe capacitar a los alumnos para comprender, expresar y comunicar la cultura de su tiempo, una cultura en la que los objetos propios de las artes aplicadas y el diseño forman parte del devenir cotidiano de los ciudadanos. Se trata, por tanto, de introducir al alumno en estos conocimientos y aprendizajes, tratando de fomentar una actitud reflexiva hacia sistemas culturales y valores artísticos que forman parte de la vida diaria.

La utilización de los procedimientos propios de los Talleres artísticos como instrumento para el conocimiento de formas culturales artísticas, así como su influencia sobre el ambiente que nos rodea, constituyen el eje en torno al cual se articulan los contenidos, más de tipo procedimental que conceptual, de una materia optativa como es ésta, con carácter orientador, introductor e instrumental. Por tanto el enfoque metodológico será fundamentalmente de carácter práctico, de tal modo que el alumno integre, mediante su aplicación en diversos y sencillos trabajos prácticos, los conceptos propios de la materia. Además interesa que el alumno pueda expresar su sensibilidad estética y su creatividad a través de las obras que realice durante el curso, porque de este modo, no solo conocerá los fundamentos de los talleres desarrollados, sino que además esta experiencia expresiva le permitirá alcanzar un mayor grado de madurez personal.

Objetivos

La enseñanza de la materia de Talleres artísticos en el...

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