Orden SAN/25/2013, de 30 diciembre, por la que se aprueba la convocatoria para la integración voluntaria en la condición de personal estatutario fijo del Servicio Cántabro de Salud, de los funcionarios de carrera del Cuerpo Facultativo Superior, especialidad Médico Titular de Atención Primaria, del Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, especialidades ATS/DUE titular de Atención Primaria y Matrona Titular de Atención Primaria, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad y Servicios Sociales
Rango de LeyOrden

Con el fin de homogeneizar las relaciones de empleo del personal de los servicios de salud,en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, la Disposición Adicional Quinta de la Ley 55/2003de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal de los Servicios de Salud, dictada al amparo del artículo 149.1.16.º y 18.º de la Constitución, permite a las Administraciones Sanitarias Públicas establecer procedimientos para la integración directa y con carácter voluntarioen la condición de personal estatutario de quienes presten servicio en Centros, InstitucionesSanitarias o Servicios de Salud como funcionarios de carrera o en virtud de contrato laboralfijo. De otra parte, el artículo 9.3 de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, permiteigualmente, al objeto de homogeneizar las relaciones de empleo del personal y con el fin demejorar la eficacia de su gestión, establecer los procedimientos y condiciones para la integración directa y voluntaria del personal funcionario de carrera o laboral en la condición depersonal estatutario fijo.

El Decreto 148/2004, de 30 de diciembre, vino a regular el procedimiento y condicionespara la integración en la condición de personal estatutario fijo del Servicio Cántabro de Salud,de los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo Facultativo Superior, especialidad Médico Titular de Atención Primaria, y al Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, especialidadesATS/DUE Titular de Atención Primaria y Matrona Titular de Atención Primaria- de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco previsto en la Ley de Cantabria7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, el artículo 11 de la Ley deCantabria 4/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Administrativas y Fiscales y las previsionescontenidas en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. En este sentido, se han realizado periódicamente convocatoriasde integración conforme la previsión contenida en la Disposición Adicional Primera del citadoDecreto 148/2004.

Actualmente, el artículo 10.Cuatro del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar lacalidad y seguridad de sus prestaciones, añadió una nueva Disposición Adicional Decimosextaa la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de losservicios de salud, estableciendo que los médicos, practicantes y matronas titulares de losservicios sanitarios locales que presten sus servicios como médicos generales, practicantesy matronas de los servicios de salud, y el resto del personal funcionario sanitario que prestesus servicios en instituciones sanitarias públicas, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2013para integrarse en los servicios de salud como personal estatutario fijo, sin perjuicio de losderechos consolidados. A tal fin, las Comunidades Autónomas establecerán los procedimientosoportunos. Además se determina en el citado precepto que en caso de que este personal optepor permanecer en activo en su actual situación, en los cuerpos y escalas en los que ostentenla condición de personal funcionario, las comunidades autónomas adscribirán a este personala órganos administrativos que no pertenezcan a las instituciones sanitarias públicas, conformea las bases de los procesos de movilidad que, a tal fin, puedan articularse.

CVE-2013-19553

El citado Real Decreto-ley 16/2012 también establece la supresión de la modalidad de prestación de servicios de cupo y zona desde el 31 de diciembre de 2013, y, por otro lado, procedea derogar el \l "I334" artículo 115.1 del texto refundido de la Ley General de la SeguridadSocial, aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo.

Finalmente debe tenerse en cuenta que el artículo 39.7 de la Ley de Cantabria 10/2013, de27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, contempla el régimen jurídico sustantivo del personal sanitario afectado por la supresión del sistema de cupo y zona

Teniendo en cuenta el citado marco normativo la presente Orden tiene como finalidad efectuar una nueva convocatoria de integración que posibilite la aplicación de las disposicionescitadas del Real Decreto-ley 16/2012 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria,regulando el procedimiento específico de integración para que los funcionarios de carrera delos cuerpos de titulares de los servicios sanitarios locales mencionados, puedan ejercer voluntariamente la opción señalada en la Disposición Adicional Decimosexta a la Ley 55/2003, de 16de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, e integrarseen la condición de personal estatutario fijo del Servicio Cántabro de Salud.

Por todo ello, al amparo de la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 55/2003, de16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en laDisposición Adicional Primera del Decreto 148/2004, de 30 de diciembre, y teniendo en cuentalo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Cantabria 10/2013, de 27 de diciembre, de MedidasFiscales y Administrativas, mediante la presente Orden, se aprueba esta convocatoria, consujeción a las siguientes,

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera.- Objeto y ámbito de aplicación

El objeto de la presente convocatoria es la integración directa y con carácter voluntario enla condición de personal estatutario fijo del Servicio Cántabro de Salud del personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo Facultativo Superior -especialidad Médico Titular deAtención Primaria- y al Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios - especialidades ATS/DUETitular de Atención Primaria y Matrona Titular de Atención Primaria- de la Administración dela Comunidad Autónoma de Cantabria, a fin de aplicar lo dispuesto en la Disposición adicionaldecimosexta de la Ley 55/2003, de 16 de...

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