Orden PRE/9/2010, de 13 de abril, por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de las ayudas a los ciudadanos españoles nacidos en Cantabria que residen en la República Argentina, Cuba y República Bolivariana de Venezuela.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

La situación económica que en los últimos tiempos están atravesando algunos ciudadanos cántabros residentes en la República Argentina, Cuba y en la República Bolivariana deVenezuela ha supuesto que se encuentren en situación de penuria económica. Por ello en losúltimos ejercicios se han realizado convocatorias de ayudas por el Gobierno de Cantabria, culminadas de forma satisfactoria al resultar beneficiarios numerosos cántabros allí residentes.

Es deseo del Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Presidencia y Justicia,continuar con esta labor de tratar de paliar en cierta medida la situación que atraviesan loscántabros que residen en los países citados. Por ello se establece una ayuda económica, cuyacuantía global asciende a 198.450,89 euros, para aquellos cántabros residentes en la República Argentina, Cuba y la República Bolivariana de Venezuela con una edad superior a 60 añosy que se encuentren en una situación económica precaria, o bien que padezcan una gravediscapacidad física o psíquica. También se incluye en el ámbito de aplicación de la orden a losdescendientes de ciudadanos españoles de origen cántabro que padezcan una grave discapacidad física o psíquica y sean residentes en la República Argentina, Cuba y República Bolivarianade Venezuela.

Se amplían también estas ayudas al cónyuge viudo, pareja de hecho o relación análoga decántabros que habiendo percibido el causante en los últimos años este tipo de ayuda, se encuentren en situación similar a la descrita.

Estas ayudas están contempladas en el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por laConsejería de Presidencia y Justicia y forman parte de las líneas de subvención que se quierenfomentar desde la misma.

Por ello, y conforme a las previsiones de la Ley de Cantabria 5/2009, de 28 de diciembre, dePresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2.010 y según loestablecido en el artículo 16 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvencionesde Cantabria,

Dispongo

Artículo 1 Objeto

La presente Orden tiene por objeto conceder una ayuda económica de carácter subvencional, a fondo perdido, encaminada a paliar situaciones de dependencia o enfermedad grave yde precariedad económica.

Artículo 2 Financiación

Esta subvención será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 02.00.921.M.486de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2010, concuantía máxima de 198.450,89 euros.

Artículo 3 Cuantía
  1. La cuantía individual de las ayudas será igual para todos los beneficiarios, con un máximode 1.000 euros para cada uno de ellos. Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Ad-

    ministraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismosinternacionales.

  2. No podrá superarse el crédito consignado en la partida presupuestaria correspondiente.Si de las solicitudes estimadas resultase una cantidad mayor de la presupuestada, se procederá al prorrateo del importe global máximo entre las personas beneficiarias.

Artículo 4 Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas en los dos supuestos siguientes:

  1. Quienes cumplan...

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