Decreto 100/2007, de 2 de agosto, por el que se modifican parcialmente la estructura básica de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo y las competencias de la estructura básica de la Consejería de Medio Ambiente
Sección | 2 - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
CONSEJO DE GOBIERNO
Decreto 100/2007, de 2 de agosto, por el que se modifican parcialmente la estructura básica de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo y las competencias de la estructura básica de la Consejería de Medio Ambiente
El Decreto 9/2007, de 12 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, establece una nueva distribución de las competencias llevando a cabo una reestructuración de las Consejerías.
En virtud del artículo 2 del Decreto precitado, a la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo le corresponden las competencias y estructuras que, en estas materias, se atribuían a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda y a la de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, excepto la estructura y competencias de la Sección de Cartografía de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Asimismo, dicho artículo establece que ejercerá la competencia y estructura en materia de evaluación ambiental del planeamiento territorial y urbanístico contemplado en el Título I de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria y en el Capítulo I del Título III de la Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, que correspondía a la Consejería de Medio Ambiente a través del Servicio de Impacto y Autorizaciones Ambientales de la Dirección General de Medio Ambiente.
El Decreto 86/2007, de 19 de julio, por el que se modifican parcialmente las estructuras básicas de la Consejería de Presidencia y Justicia y de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo en su artículo 1 suprime la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Asimismo, en su artículo 2, crea dicho Órgano Directivo en la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo creando la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Para dar cumplimiento al mandato establecido en el segundo párrafo del artículo 2 del Decreto 9/2007, de 12 de julio, relativo al ejercicio de la competencia y estructura en materia de evaluación ambiental del planeamiento territorial y urbanístico arriba reseñados se precisa modificar parcialmente la estructura básica de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo y las competencias de la estructura básica de la Consejería de Medio Ambiente, organizando dicha competencia y estructura de una forma funcionalmente más adecuada.
Por otra parte, la Disposición Final Primera del Decreto 9/2007, de 12 de julio, encomienda al Consejo de Gobierno la realización de las modificaciones organizativas...
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