Decreto 2/2008, de 10 de enero, de modificación parcial de la estructura orgánica y relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

CONSEJO DE GOBIERNO

Decreto 2/2008, de 10 de enero, de modificación parcial de la estructura orgánica y relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda.

Por Decreto 134/2004, de 10 de diciembre, se aprobó la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, publicándose en el BOC número 244, de 21 de diciembre de 2004. El Decreto 32/2006, de 23 de marzo (BOC de 4 de abril) ha introducido modificaciones parciales en la referida estructura derivadas de la introducción de la figura del Subdirector General de la Función Pública Autonómica. Posteriormente, el Decreto 135/2006, de 28 de diciembre, modificó parcialmente la estructura orgánica y la relación de puestos de trabajo, como consecuencia, no solo, de la aprobación del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, sino también de la implantación de un sistema integrado económico financiero del Gobierno de Cantabria (SEDAL), el incremento del control de ingresos y la consecuente intensificación de las tareas relativas a la contabilidad auxiliar y el inicio del cobro del Canon de Saneamiento, entre otras razones.

En la actualidad, dado el marcado carácter horizontal de la Consejería de Economía y Hacienda, el cada vez mayor número de expedientes que se tramitan por las distintas Consejerías y por el resto de Organismos y Entidades integrantes del Sector Público Autonómico, así como el incremento producido en la actividad propia de la Consejería como consecuencia, entre otras, de las sucesivas campañas de ayudas y subvenciones que se gestionan desde el reciente Servicio de Gestión de Programas de Desarrollo Económico Social; en el sector Patrimonial destaca el notable incremento de los actos de gestión como consecuencia de la transferencia de gran cantidad de inmuebles ligados a sectores tales como la Enseñanza no universitaria; Industria; Inserso; Universidades; FEGA, Cámaras Agrarias; Trabajo; Sanidad; etc. o la creación de nuevas sociedades de capital público, así como el aumento de las participaciones de capital de la Comunidad Autónoma en empresas mercantiles.

Por lo que respecta a la Dirección General de Hacienda se precisa adecuar los medios materiales y humanos existentes a las recientes necesidades derivadas esencialmente de la exacción del Canon de Saneamiento como tributo propio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la asunción de la recaudación ejecutiva producida por la incoación expedientes sancionadores en materia de tráfico, la delegación en la Comunidad Autónoma de Cantabria por parte de nuevos Ayuntamientos de la gestión y recaudación en periodo voluntario y ejecutivo de sus tributos. Igualmente, es necesario optimizar la infraestructura, instalaciones y medios materiales y humanos existentes en la región, no solo para una adecúada gestión de los tributos locales, sino también para asumir por las Oficinas de Recaudación la totalidad de la gestión material de los tributos cedidos, a fin de lograr una mayor eficacia y control sobre la gestión de los dichos tributos.

Todo esto conlleva, naturalmente, un aumento considerable de las actuaciones a realizar por la Intervención General en el ejercicio del control de la gestión económico-financiera del sector público autonómico en los ámbitos de la fiscalización, del control financiero permanente y de la auditoria pública, que se traducen en la necesidad de crear nuevos puestos de trabajo en el Área de Intervención y Fiscalización, así como una nueva Área de Control Financiero del Servicio Cántabro de Salud, que pasará a depender, junto con el Área de Control Financiero, de la Intervención Adjunta.

La modificación de la relación de puestos de trabajo de la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera, descansa, fundamentalmente, en la necesidad de que las entidades públicas empresariales...

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