Orden HAC/12/2006, de 3 de mayo, por la que se aprueban los modelos de los documentos de ingreso 521, 522, 523 y 525 para la liquidación de tributos locales.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorDispongo
Rango de LeyOrden

Consejería de economía y hacienda

El apartado 1 del artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales dispone que "De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las entidades locales podrán delegar en la Comunidad Autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias que esta Ley les atribuye.

Asimismo, las entidades locales podrán delegar en la Comunidad Autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los restantes ingresos de Derecho público que les correspondan". En este sentido, el Gobierno de Cantabria, a través de la Sección de Impuestos Locales adscrita al Servicio de Tributos de la Dirección General de Hacienda, lleva a cabo la gestión y liquidación de los tributos locales de aquellos Ayuntamientos de Cantabria que le hayan encomendado la gestión de los mismos.

Por otro lado, desde el año 2000 se está implantado progresivamente el sistema de gestión integral de ingresos: Modernización y Organización Unificada de Recursos Operativos (MOURO) en el Gobierno de Cantabria. Este sistema MOURO es el que la Dirección General de Hacienda va a utilizar para generar las liquidaciones de los tributos locales cuya gestión tiene encomendada.

Por todo ello y en virtud de lo establecido en el artículo 34.f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 1 Aprobación del modelo de documento de liquidación 521.
  1. Se aprueba el modelo 521. "LIQUIDACIONES: IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES URBANOS", que figura como ANEXO I de la presente Orden.

  2. El modelo 521 se utilizará para todas las liquidaciones que se practiquen en relación con el Impuesto sobre...

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