Orden EDU/36/2011, de 28 de abril, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en las escuelas de arte de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica la sección segunda del capítulo VI del título I a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, y en su artículo84, asigna a las administraciones educativas la obligación de regular la admisión de alumnosen los centros educativos, de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el accesoen condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro. Asimismo, la Ley 6/2008, de26 de diciembre, de Educación de Cantabria, establece, en su artículo 63, que la Consejeríade Educación facilitará a los alumnos la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzasartísticas profesionales y la educación secundaria.

El Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación generalde las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, destina el capítulo V al acceso yadmisión a estas enseñanzas. Asimismo, el Decreto 15/2011, de 24 de febrero, que establecela ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el ámbitoterritorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria concreta, para estas enseñanzas, aspectosrelacionados con el acceso, la admisión y la matrícula en el capítulo VI del mismo.

Una vez implantadas las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, se hacenecesario regular el procedimiento de admisión y matriculación de los alumnos que deseencursar estas enseñanzas.

Por ello, en aplicación de la habilitación conferida en la disposición final primera del Decreto15/2011, de 24 de febrero, que establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 33, apartado f) de la Ley 6/2002,de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación. 1

La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento de admisión y matriculacióndel alumnado que acceda a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. 2. Lo establecido en la presente orden será de aplicación en las escuelas de arte de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 2 Destinatarios. 1

Podrán participar en el proceso de admisión a las enseñanzas profesionales de artesplásticas y diseño los aspirantes que, en función de las enseñanzas que deseen cursar, reúnanlos requisitos generales que se establecen a continuación. a) Para el acceso a los ciclos formativos de grado medio, los aspirantes que estén en posesión de uno de los siguientes requisitos académicos:

  1. El título de Graduado en Educación Secundaria.2º La superación de la prueba de acceso sustitutoria del requisito del título de Graduado enEducación Secundaria Obligatoria para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio,a las enseñanzas profesionales de artes plásticas de grado medio o a los ciclos formativos degrado medio de formación profesional en el sistema educativo.

    CVE-2011-6298

  2. Estar en posesión del título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño.4º Haber superado de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos el tercer cursode enseñanzas comunes del plan de estudios de 1963 o el segundo curso del plan experimental.

  3. Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar o de Técnico, de las enseñanzas de Formación profesional.

  4. Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con algunode los anteriores.

  5. Alguno de los títulos y situaciones que permiten el acceso a enseñanzas de grado medioo de grado superior de enseñanzas deportivas, de enseñanzas profesionales de artes plásticasy diseño de grado medio o de grado superior o a los ciclos formativos de grado medio o degrado superior de formación profesional en el sistema educativo. b) Para el acceso a los ciclos formativos de grado superior, los aspirantes que estén en posesión de uno de los siguientes requisitos académicos:

  6. El título de Bachiller.2º La superación de la prueba de acceso sustitutoria del requisito del título de Bachiller parael acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior, a las enseñanzas profesionales deartes plásticas de grado superior de o a los ciclos formativos de grado superior de formaciónprofesional inicial.

  7. Estar en posesión del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño.4º Estar en posesión del título de Graduado en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos correspondiente al plan de estudios de 1963 o del plan experimental.

  8. Estar en posesión del título de Técnico Especialista o de Técnico Superior de las enseñanzas de Formación profesional.

  9. Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con algunode los anteriores.

  10. Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.8º Alguno de los títulos y situaciones que permiten el acceso a enseñanzas de grado superior de enseñanzas deportivas, de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño degrado superior o a los ciclos formativos de grado superior de formación...

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