Decreto 33/2004, de 8 de abril, por el que se modifica la denominación de la «Escuela Superior de la Marina Civil», centro propio de la Universidad de Cantabria, que pasa a denominarse «Escuela Técnica Superior de Náutica».

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El artículo 28.1 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Cantabria, la competencia de «desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen».

Por su parte, el artículo 8 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, establece que «la creación, modificación y supresión de Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores, y Escuelas Universitarias o Escuelas Universitarias Politécnicas, será acordada por la Comunidad Autónoma, bien a propuesta del Consejo Social o bien por propia iniciativa con el Acuerdo del referido Consejo, en todo caso, previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad».

De lo señalado en el párrafo anterior será informado el Consejo de CoordinaciónUniversitaria.

De igual forma, el artículo 7.1 de la citada Ley Orgánica, establece que las Universidades Públicas estarán integradas por Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores, Escuelas Universitarias o Escuelas Universitarias Politécnicas, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación y por aquellos Centros o estructuras que organicen enseñanzas en modalidad no presencial. Es por ello, que la actual denominación de Escuela Superior resulta contraria a la LOU y se confunde con Centros Privados incluso no universitarios.

Asimismo el artículo 4º de la Ley 10/98, de 21 de septiembre, del Consejo Social de la Universidad de Cantabria en relación con el artículo 16 del Real Decreto 557/91, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Centros universitarios, establece que corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejo Social, la creación y supresión de Facultades, Escuelas Técnicas Superiores, Escuelas Universitarias e Institutos y demás centros universitarios.

Finalmente, el Consejo de Gobierno provisional y el Consejo Social de la Universidad de Cantabria, en reuniones de 29 de octubre de 2003, y 19...

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