Decreto 145 /2007, de 8 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental y la Ponencia Técnica sobre el Cambio Climático.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

CONSEJO DE GOBIERNO

Decreto 145 /2007, de 8 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental y la Ponencia Técnica sobre el Cambio Climático.

El 9 de mayo de 2002, se adopta en Nueva York la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Permite reforzar la conciencia pública, a escala mundial, sobre los problemas relacionados con el cambio climático, y establece una estructura general para los esfuerzos intergubernamentales encaminados a resolver el desafío del cambio climático.

En 1997, los gobiernos acordaron incorporar al tratado el Protocolo de Kyoto, estableciendo medidas de lucha contra el cambio climático vinculantes para los Estados firmantes. Este Protocolo es ratificado por España a través del Instrumento de Ratificación publicado en el BOE de 8 de febrero de 2005. Es ratificado por la Unión Europea el 31 de mayo de 2002. De esta forma la Unión Europea y sus Estados Miembros ratifican su compromiso de buscar soluciones multilaterales al problema del cambio climático.

El 16 de febrero de 2005 entra en vigor el Protocolo de Kyoto al ser ratificado por un número suficiente de países, estableciéndose unos objetivos de reducción de gases de efecto invernadero en el período 2008-2012 del 5,2% respecto al año base (1990) a nivel mundial, el 8% para la Unión Europea, y un 15% más de las emisiones del año base para España.

La Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003 por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero de la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE, desarrolla uno de los principales mecanismos establecidos en el Protocolo de Kyoto para la lucha contra el cambio climático. Esta Directiva se transpone al ordenamiento jurídico estatal a través de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Así el Estatuto de Autonomía para Cantabria, Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, establece en su artículo 25.7 que la Comunidad Autónoma de Cantabria tiene competencias para el desarrollo legislativo y ejecución de la protección del medio ambiente y de los ecosistemas, en el marco de la legislación básica del Estado, y en los términos que la misma establezca.

El cambio climático es uno de los principales retos a los que se enfrenta la humanidad y los riesgos que proyecta son muy altos...

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