Orden ECD/27/2012, de 18 de abril, por la que se convoca el puesto de director del Centro Integrado de Formación Profesional Número 1 de Santander, para su provisión por el sistema de Libre Designación.
Sección | 2 - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejería de Educación, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Orden |
Orden ECD/27/2012, de 18 de abril, por la que se convoca el puestode director del Centro Integrado de Formación Profesional Número 1de Santander, para su provisión por el sistema de Libre Designación.
El Decreto 76/2006, de 22 de junio, crea el Centro Integrado de Formación ProfesionalNúmero 1 de Santander.
El Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros integrados de formación profesional, establece en su artículo 13. 1 que ladirección de los Centros integrados de titularidad pública será provista por el procedimiento delibre designación entre funcionarios docentes, conforme a los principios de mérito, capacidad,publicidad y previa consulta a los órganos colegiados del centro.
Visto lo dispuesto en el Capítulo III, del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de laAdministración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria al ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13.bis.1.e) y 44 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.
DISPONGO
Convocar la provisión del puesto de trabajo, relacionado en el anexo I, mediante el sistemade Libre Designación, con arreglo a las siguientes
BASES
Primera.- Requisitos de los candidatos.
Podrán tomar parte en el proceso los funcionarios docentes de los cuerpos de catedráticosde enseñanza secundaria, profesores de enseñanza Secundaria y profesores técnicos de formación profesional que cumplan los siguientes requisitos:
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Estar en situación de servicio activo.
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Tener una experiencia docente de, al menos, cinco años como funcionario de carrera.
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Estar prestando servicios en un centro público docente dependiente de la Consejería deEducación, Cultura y Deporte.
Segunda.- Solicitudes y documentación.
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria, que se ajustarán al modelonormalizado que se incluye en el Anexo II, se dirigirán al titular de la Dirección General dePersonal y Centros Docentes, debiendo presentarse en el Registro Auxiliar de la Consejería deEducación, Cultura y Deporte, calle Vargas 53, 7ª planta, 39010, Santander, o por cualquierade los medios establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de...
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