Orden PRE/23/2010, de 5 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, en el Cuerpo Facultativo Superior, especialidad Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Convocatoria 2010/04.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejer
Rango de LeyOrden

CONVOCATORIA 2010/04

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 demarzo, de Función Pública ("Boletín Oficial de Cantabria" extraordinario número 4, de 1 de abrilde 1993) y demás normas concordantes que sean de aplicación, se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, en el Cuerpo Facultativo Superior,especialidad Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria, de conformidad con las siguientes normas:

  1. - Plazas convocadas.

    Se convocan para su cobertura por funcionarios de carrera de nuevo ingreso un total de dos (2) plazas pertenecientes al Cuerpo Facultativo Superior, especialidad Ingeniero de Caminos,Canales y Puertos, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Subgrupode Clasificación "A1", correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2010.

  2. - Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en laOrden PRE/19/2010, de 2 de julio, de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicada en elBoletín Oficial de Cantabria extraordinario número 15, de 9 de julio de 2010.

  3. - Presentación de solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud enel correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en el Registro Generalde la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29,39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados, y que se ajustaráal modelo normalizado que se publica como Anexo a la Orden reguladora de las bases comunes. También se podrá tener acceso al citado impreso a través de la página web del Gobiernode Cantabria www.gobcantabria.es en el apartado "Oferta Pública de Empleo" o dentro delapartado "OPEC@N".

    3.2. Las solicitudes irán dirigidas al Excelentísimo Sr. Consejero de Presidencia y Justicia yse presentarán por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través de la dirección de Internet www.gobcantabria.es dentro de su apartado "0PEC@N" en el caso de que posean certificado digitaly, si procede el pago de tasa, tengan abierta una cuenta en el "Santander", "Caja Cantabria" o"La Caixa". La presentación de solicitudes por esta vía conllevará el pago telemático de la tasade derechos de examen, en su caso. En aquellos casos en que se debiese presentar documentación adicional junto con la solicitud electrónica, deberá ser aportada presencialmente en loslugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente podrá presentarse en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en los

    CVE-2010-10565

    Registros Auxiliares y en los Registros Delegados y en cualesquiera de los lugares y mediosseñalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre).

    3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contadosdesde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Cantabria".

  4. - Derechos de examen.

    4.1.- Los derechos de examen serán de 26,92 euros, y serán objeto de ingreso únicamenteen cualquier sucursal del "Santander" en el caso de que se opte por la modalidad presencialde tramitación.

    4.2.- En la solicitud de participación en esta convocatoria deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidadfinanciera en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o, en su defecto,sello y firma de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    4.3.- Los derechos de examen tienen la consideración de ingresos de derecho público, y noserán objeto de devolución, salvo que por causas no imputables al interesado no se hubieraprestado o realizado la inscripción en la presente convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos ("Boletín Oficial de Cantabria" edición especial número 29, de 30 de diciembre).

  5. - Titulación.

    Estar en posesión del título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, expedido por elEstado Español o debidamente homologado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de lacredencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación alos aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en elámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

    Este requisito deberá poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación desolicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

  6. - Admisión de aspirantes.

    6.1.- Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el "Boletín Oficialde Cantabria" Resolución del Consejero de Presidencia y Justicia aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos y, en su caso, excluidos, debiendo especificarse en este últimosupuesto la causa o causas de exclusión, así como el plazo de subsanación, si procede. Dicharelación se podrá consultar en la dirección de Internet del Gobierno de Cantabria: http://www.gobcantabria.es.

    6.2.- En el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del plazo para alegaciones, se publicará en el "Boletín Oficial de Cantabria" y se podrá consultar en la dirección deInternet del Gobierno de Cantabria: http://www.gobcantabria.es, Resolución del Consejero dePresidencia y Justicia aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, ycontra la cuál podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de conformidad con lo prevenido en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídicodel Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (B.O.C. número242, de 18 de diciembre de 2002).

    6.3.- Si en la fecha de celebración de las pruebas no se hubiera resuelto el recurso formulado, los aspirantes afectados podrán realizar el examen, si bien éste no tendrá validez en elcaso de ser desestimado el mencionado recurso.

    6.4.- El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante

    la presente Orden. Cuando de la documentación que, de acuerdo con la norma decimotercerade esta convocatoria, debe presentarse en caso de ser aprobado, se desprenda que no poseenalguno de los requisitos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.

  7. - Proceso selectivo.

    7.1.- El procedimiento selectivo para la cobertura de las plazas convocadas será el de oposición, cuya realización se ajustará a las siguientes particularidades:

    1. La oposición será realizada por todos los aspirantes.

    2. El ejercicio voluntario y de mérito podrá ser realizado por los aspirantes incluidos en larelación definitiva de aprobados, siempre que hayan indicado en el modelo de solicitud de participación tal circunstancia, señalándose expresamente en la misma el idioma, inglés o francés,por el que se opte en su caso.

    3. La elección de vacantes por los aspirantes se efectuará por el orden definitivo de puntuación, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en la oposición y, en su caso, la obtenidaen el ejercicio voluntario y de mérito.

    7.2.- Oposición.

    7.2.1.- La oposición consta de tres ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.

    7.2.2.- Primer ejercicio. Eliminatorio:

    7.2.2.1.- El primer ejercicio consistirá en desarrollar por escrito tres temas, uno de cadarespectivo Bloque, sacados al azar por el Tribunal del Programa de Materias Específicas quefigura como Anexo I a la presente convocatoria.

    7.2.2.2.- El tiempo para la realización de esta prueba será de tres horas.

    7.2.2.3.- El aspirante que no desarrolle alguno de los tres temas no será objeto de calificación.

    7.2.2.4.- Este ejercicio deberá ser leído ante el Tribunal en sesión pública por el aspirante,apreciándose fundamentalmente la capacidad y formación general, la precisión y rigor en laexposición y la claridad de ideas.

    7.2.2.5.- Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesarios 5 puntos para susuperación.

    7.2.3.- Segundo ejercicio. Eliminatorio:

    7.2.3.1.- Consistirá en resolver por escrito, durante un plazo máximo de tres horas, un informe sobre el supuesto o supuestos prácticos que el Tribunal determine, y que podrá versarsobre cualquiera de los temas recogidos en el Programa de Materias Específicas que se incluyecomo Anexo I a la presente convocatoria, pudiéndose consultar textos legales.

    7.2.3.2.- También podrá consistir en resolver por escrito, en el espacio dejado al efecto,preguntas sobre el supuesto o supuestos prácticos que el Tribunal determine y que podráversar sobre cualquiera de los temas recogidos en el Programa de Materias Específicas quese incluye como Anexo I a la presente convocatoria, pudiéndose, o no pudiéndose, consultartextos legales si el Tribunal así lo acuerda, haciendo pública esta decisión.

    7.2.3.3.- Este ejercicio podrá ser leído ante el Tribunal en sesión pública por el aspirante,cuando la naturaleza del mismo lo haga posible.

    7.2.3.4.- En la calificación de este ejercicio se valorará la preparación y correcta aplicación delos conocimientos teóricos del aspirante a la resolución de los problemas prácticos planteados.

    7.2.3.5.- Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesarios 5...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR