Orden EDU/48/2011, de 1 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas individuales para la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo correspondiente a los ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional dentro del programa ERASMUS, destinadas a alumnos que cursan dichas enseñanzas en centros privados concertados.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 3.5, que laFormación profesional de grado superior forma parte de la educación superior junto con lasenseñanzas universitarias, las enseñanzas artísticas superiores, las enseñanzas de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior.

La Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria, establece,en su artículo 3, que el sistema educativo de Cantabria considera, entre las líneas prioritariasde actuación, el impulso a la Formación profesional y a la educación permanente. Asimismo,el artículo 48 establece que para la consecución de las finalidades y objetivos de la Formaciónprofesional, la Consejería de Educación pondrá en marcha una serie de actuaciones, entre lasque señala promover la estancia del alumnado en países de la Unión Europea para perfeccionar sus conocimientos en una lengua extranjera. Finalmente, el apartado 1.g del mencionadoartículo 48 señala otra actuación referida a impulsar la realización de prácticas del alumnadoen centros de trabajo de otros países.

El Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos (OAPEE) tiene como misión gestionar la participación española en el Programa de Aprendizaje Permanente (PAP) de la UniónEuropea. Este organismo es la Agencia Nacional española del PAP y, por tanto, responsable dedesarrollar las acciones descentralizadas de los diferentes programas, entre ellos el programaERASMUS, que tiene como objetivo atender las necesidades de enseñanza y aprendizaje detodos los participantes en enseñanza superior y en Formación Profesional de nivel superior, asícomo a las instituciones que imparten este tipo de formación. El Organismo autónomo estáadscrito al Ministerio de Educación.

La Consejería de Educación de Cantabria quiere facilitar a los alumnos que cursan Formación Profesional de grado superior en centros privados concertados la realización de prácticasen centros de trabajo en Europa, al tiempo que cursan el módulo profesional de Formación enCentros de Trabajo y que obtengan el reconocimiento y la acreditación de toda la formación,con el fin de:

- Mejorar sus actitudes y aptitudes lingüísticas y culturales, sus competencias profesionales, así como sus competencias transversales relativas a las nuevas tecnologías.

- Aumentar su motivación, mediante el aprendizaje en alternancia con el trabajo en otropaís, con vistas a aumentar las posibilidades de empleo y a facilitar la inserción profesional.

- Crear unas condiciones adecuadas, en los diferentes entornos, especialmente en el lugarde trabajo.

- Conseguir una formación con validez de reconocimiento en Europa.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónomade Cantabria, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria,y vistos los créditos presupuestarios contemplados en la Ley de Cantabria 10/2010, de 23 dediciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año2011,

CVE-2011-7818

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad de la convocatoria.
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar hastaquince ayudas individualizadas, mediante procedimiento ordinario en régimen de concurrenciacompetitiva, para colaborar en los gastos relativos a la realización del módulo profesional deFormación en Centros de Trabajo en empresas o entidades de la Unión Europea de los alumnosque cursen ciclos formativos de grado superior durante el curso 2010-2011, en los centrosprivados concertados de estas enseñanzas de la Comunidad Autónoma de Cantabria que esténen posesión de una Carta Universitaria Erasmus válida.

  2. La finalidad de estas ayudas es contribuir a sufragar los gastos ocasionados durante larealización de las prácticas (viajes, alojamiento,...) a lo largo de las trece semanas en las quelos alumnos realicen o hayan realizado el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo en empresas o entidades de la Unión Europea. Las estancias objeto de esta convocatoriaserán las realizadas durante el curso 2010-2011.

  3. La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos oprivados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividadsubvencionada.

Artículo 2 Destinatarios.
  1. Podrán acogerse a la presente convocatoria los alumnos solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:

    - Estar matriculado, durante el curso 2010-2011, en un ciclo formativo de grado superior enalguno de los centros señalados en el artículo 1.1, en modalidad presencial.

    - Haber realizado y completado en el curso 2010-2011 o estar realizando a la fecha depublicación de la presente convocatoria, el módulo profesional de Formación en Centros deTrabajo en empresas o entidades de la Unión Europea, a través de una acción de Movilidadde Estudiantes para Prácticas del Programa Sectorial Erasmus del Programa de AprendizajePermanente de la convocatoria del 2010.

  2. No podrán tener la condición de beneficiarios aquellos alumnos que:

    - Hayan renunciado o no hayan completado una ayuda de similares características con anterioridad.

    - Hayan sido beneficiarios en anteriores convocatorias de programas europeos, de una subvención de similares características para la realización del módulo profesional de Formación enCentros de Trabajo de un ciclo formativo de grado superior.

    - Hayan sido objeto de expediente disciplinario durante los cuatro últimos cursos.

    - No haya superado todos los módulos profesionales que se cursan en el centro educativo,y que dan acceso al módulo profesional de FCT, a excepción en su caso, del Módulo Proyecto.

    - Estén incursos en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley deCantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Artículo 3 Solicitudes: Forma, lugar y plazo de presentación.
  1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente alde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.

  2. La solicitud, cumplimentada según el modelo normalizado que figura en el Anexo I dela presente Orden, irá dirigida a la titular de la Consejería de Educación de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dicha solicitud se presentará en el Registro de laConsejería de Educación, calle Vargas 53, 7ª Planta, 39010 Santander o en cualquiera de loslugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre,

    de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, e irá acompañada de la siguiente documentación preceptiva, en original o copia debidamente compulsada:

    - Fotocopia compulsada del DNI o NIE.

    - Currículum Vitae, según modelo europeo, en español y en el idioma que se vaya a utilizarcomo lengua vehicular durante la realización del módulo de FCT.

    - Certificado académico oficial del primer curso del ciclo formativo que se cursa, con indicación de la puntuación media obtenida con dos decimales, firmado por el secretario y con elV º B º del director.

    - Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas enel artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como deestar al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social o de cualquier otroingreso de derecho público, según Anexo II.

    - Certificación de los compromisos...

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