Información pública de la primera inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria de la Fundación CUIN Atencion y Ayuda de la Infancia y Juventud de Cantabria.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia

En el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, adscrito a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia consta la siguiente inscripción de fecha19 de diciembre de 2013, lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo5 de la Orden de la Consejería de Presidencia de 29 de abril de 1997 (BOC. de 12.05.97), sobrellevanza del Registro de Fundaciones.

Denominación: Fundación CUIN Atención y Ayuda de la Infancia y Juventud de Cantabria.

Constitución: Escritura pública de fecha 29/07/2013, notario: Juan de Dios Valenzuela García, número de protocolo 277, subsanada mediante escritura pública otorgada ante el mismonotario en fecha 12/12/2013, número de protocolo 2079./ certificado emitido por la secretariadel patronato en fecha 3/12/2013 de nombramiento y aceptación de patronos.

Fundador: Asociación CUIN Atención y Ayuda de la Infancia y Juventud de Cantabria.

Domicilio: Barrio la Calva número 125- 39600 Revilla de Camargo (Cantabria).

Clasificación: Asistencial.

Código: A. I, 10.

Dotación: La dotación consiste en la aportación por parte de la asociación fundadora delsiguiente bien inmueble que se detalla:

Urbana, número treinta y siete- piso segundo señalado con la letra E, con entrada por elportal número 59 A, de un edificio o bloque radicante en Santander, señalado con los números59-59-a de la calle Castilla- Valorado en ciento veinte mil doscientos cincuenta y tres euroscon un céntimo (120.253,01 euros) -.Referencia catastral 3918202VP3131H0009IG.- datosregistrales: R. P. de Santander, número cuatro, tomo 2.529, libro 909, folio 140, finca 21.603,inscripción 13ª. Valoración de fecha 18 de julio de 2013 del arquitecto, don José Alberto Martínez Velasco.

Patronato:

Presidente: D. Pedro Tresgallo Cruz.

Vicepresidente: D. Vicente Javier Vega Fernández.

Secretaria: Dña. María de la Cruz Ortiz Mijares.

Vocales: D. Gregorio Lanza Crespo.

Dña. Mercedes Gutiérrez Arriola,

Asociación CUIN Atención y Ayuda de la Infancia y Juventud de Cantabria, representada por d. José Manuel Gerez Saiz.

Dña. Alejandra Blanco Zamanillo, responsable de Centro.

D. José Luis Luengo Pérez, responsable de Centro.

CVE-2013-19492

ESTATUTOS

FUNDACIÓN CUIN ATENCIÓN Y AYUDA DE LA INFANCIA Y JUVENTUD DE CANTABRIA

CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 6
Artículo 1º Denominación y naturaleza.

La denominada "FUNDACIÓN CUIN ATENCIÓN Y AYUDA DE LA INFANCIA Y JUVENTUD DECANTABRIA", constituida sin fin de lucro y con carácter de perpetuidad, tiene afectado demodo duradero su patrimonio a la realización de los fines de interés general señalados en lospresentes Estatutos.

Artículo 2º Personalidad y capacidad.

La Fundación tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar con sujeción alo establecido en el Ordenamiento Jurídico.

Artículo 3º Fines y actividades.

- 1. Los fines de la Fundación son promover y desarrollar programas y actividades queatiendan y ayuden a la infancia, juventud y familia.

- 2. La Fundación podrá organizar y desarrollar toda clase de actividades para conseguirsus fines. Con carácter enunciativo, y no limitativo, podrá:

  1. Constituir y gestionar centros y proyectos propios tales como: unidades familiares paraniños/as y adolescentes, unidades socio-educativas, centros para el cumplimiento de medidajudicial de convivencia con grupo educativo, pisos tutelados de preparación a la vida adulta,pisos de emancipación, talleres ocupacionales, actividades de ocio y tiempo libre, guarderías,ludotecas, o cualesquiera otros servicios de carácter auxiliar, complementario o accesorio.

  2. Colaborar con cualesquiera otras personas físicas o jurídicas, entidades, organismos, instituciones o empresas, tanto públicas como privadas, que desarrollen o pretendan desarrollaractividades coincidentes, auxiliares, complementarias o accesorias con los fines fundacionales.

- 3. El Patronato tendrá plena libertad para determinar las actividades de la Fundacióntendentes a la consecución de aquellos objetivos concretos que, a juicio de aquel y dentro delcumplimiento de sus fines, sean los más adecuados o convenientes en cada momento.

- 4. La Fundación dará información suficiente de sus fines y actividades para que seanconocidos por sus eventuales beneficiarios y demás interesados.

- 5. La Fundación podrá promocionar la participación del voluntariado en el desarrollo desus actividades de conformidad con la legislación vigente.

Artículo 4º Reglas para la determinación de los beneficiarios.

La determinación de los beneficiarios se efectuará por el Patronato de la Fundación con criterios de imparcialidad, no discriminación, y mayor necesidad económica, considerando todaslas circunstancias personales y familiares.

Artículo 5º Nacionalidad, domicilio y ámbito de actuación.

- 1. La Fundación tiene nacionalidad española.

- 2. El domicilio de la Fundación radica en Revilla de Camargo (Cantabria), Barrio La Calva,nº 125, CP 39600.

- 3. El ámbito territorial de la Fundación es el de la Comunidad Autónoma de Cantabria,al desarrollar principalmente sus actividades en la misma, sin perjuicio de que algunas de susactividades puedan desarrollarse en otras Comunidades Autónomas o en el extranjero.

Artículo 6º Régimen jurídico.

La Fundación se rige por la voluntad de la Asociación fundadora, por los presentes Estatutos, por las normas, disposiciones o acuerdos que adopte el Patronato en interpretación ydesarrollo de aquellos y, en todo caso, por las disposiciones legales vigentes.

CAPÍTULO II.- GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN Artículos 7 a 20
Artículo 7º El Patronato.

La representación, el gobierno y la administración de la Fundación estarán a cargo de unPatronato integrado por un número de miembros no inferior a tres ni superior a doce, queejercitará las facultades que le corresponden con sujeción a la Ley y a lo dispuesto en estosEstatutos.

Artículo 8º Composición del Patronato.

- 1. Serán patronos permanentes con carácter vitalicio y a título personal:

D. Pedro Tresgallo Cruz, con DNI nº 13.932.419-P.

D. Vicente Vega Fernández, con DNI nº 13.928.676-Z.

Dª María de la Cruz Ortiz Mijares, con DNI nº 13.787.891-N.

D. Gregorio Lanza Crespo, con DNI nº 72.034.069-R.

Dª Mercedes Gutiérrez Arriola, con DNI nº 20.198.639-Q.

- 2. Será patrono nato la Asociación CUIN Atención y Ayuda de la Infancia y Juventudde Cantabria, la cual estará representada en el Patronato por una persona física elegida porla Asamblea General de dicha Asociación para un período de cuatro años renovable por igualplazo indefinidamente.

- 3. Serán patronos electos para un período de cuatro años renovable por igual plazo indefinidamente, dos personas que ostenten el cargo de responsable de centro de cualquiera delos programas o proyectos de la Fundación, elegidos por la mayoría del Patronato.

- 4. Asimismo, el Patronato podrá elegir por mayoría como patronos electos para un período de cuatro años renovable por igual plazo indefinidamente, y hasta cubrir el número totalde miembros señalado en el Artículo 7º de estos Estatutos, a aquellas personas físicas o jurídicas, entidades, organismos, instituciones o empresas, tanto públicas como privadas, cuyaintegración en el Patronato considere beneficiosa para la Fundación.

- 5. La falta de aceptación expresa del cargo de patrono por alguna o algunas de las personas físicas o jurídicas llamadas a ejercerlo no impedirá el funcionamiento del Patronato conlos patronos que sí hubieran aceptado el cargo, siempre que exista un...

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