Orden DES/4/2011, de 21 de enero, por la que se convocan y regulan las ayudas financiadas por el FEAGA (Fondo Europeo Agrícola de Garantía) y FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) incluidas en la solicitud única para el año 2011.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad
Rango de LeyOrden

Orden DES/4/2011, de 21 de enero, por la que se convocan y regulan las ayudas financiadas por el FEAGA (Fondo Europeo Agrícola deGarantía) y FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural)incluidas en la solicitud única para el año 2011.

ÍNDICE

Artículo 1 Objeto, ámbito de aplicación e incompatibilidad de las ayudas.
TÍTULO I DE LA SOLICITUD ÚNICA Artículos 2 a 20
CAPÍTULO I INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Artículos 2 a 8
Artículo 2 Presentación de solicitudes.
Artículo 3 Plazo de presentación de solicitudes.
Artículo 4 Documentación que debe incluir la Solicitud Única.
Artículo 5 Modificación de parcelas.
Artículo 6 Retirada de solicitudes.
Artículo 7 Autorización para la solicitud de información.
Artículo 8 Instrucción del procedimiento de concesión.
CAPÍTULO II RESOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES Artículo 9
Artículo 9 Resolución del procedimiento de concesión de las ayudas directas y de las ayudas de desarrollo rural.
CAPÍTULO III FINANCIACIÓN Y PAGO DE LAS AYUDAS Artículos 10 a 13
Artículo 10 Financiación de las ayudas directas.
Artículo 11 Financiación de las ayudas de desarrollo rural.
Artículo 12 Superación de los límites presupuestarios y modulación de los pagos directosde las ayudas FEAGA.
Artículo 13 Pagos indebidos.
CAPÍTULO IV DISPOSICIONES COMUNES Artículos 14 a 20
SECCIÓN 1ª CESIÓN DE EXPLOTACIONES, FUERZA MAYOR, CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES Y CAUSAS NATURALES Artículos 14 y 15
Artículo 14 Cesión de explotaciones.
Artículo 15 Fuerza mayor, circunstancias excepcionales y causas naturales.
SECCIÓN 2ª CONTROLES REDUCCIONES Y EXCLUSIONES Artículos 16 y 17
Artículo 16 Controles.
Artículo 17 Reducciones y exclusiones.
SECCIÓN 3ª CONDICIONALIDAD Artículos 18 a 20
Artículo 18 Obligaciones de la condicionalidad.
Artículo 19 Reducciones y exclusiones.
Artículo 20 Mantenimiento de las tierras dedicadas a pastos permanentes.
TÍTULO II AYUDAS DIRECTAS FEAGA Artículos 21 a 44
CAPÍTULO I RÉGIMEN DE PAGO ÚNICO Artículos 21 a 24
Artículo 21 Beneficiarios.
Artículo 22 Utilización de los derechos de ayuda.
Artículo 23 Utilización de los derechos de ayuda normales.
Artículo 24 Utilización de los derechos de ayuda especiales.
CAPÍTULO II PAGOS DIRECTOS EN GANADERÍA Artículos 25 a 34
SECCIÓN 1ª DISPOSICIONES GENERALES Artículos 25 a 27
Artículo 25 Registro general de explotaciones ganaderas e identificación y registro deganado.
Artículo 26 Uso o tenencia de sustancias prohibidas en el régimen de ayudas al sectorbovino.
Artículo 27

Movimiento de ganado.

SECCIÓN 2ª PAGOS DIRECTOS A LOS PRODUCTORES DE GANADO VACUNO Artículos 28 a 34
SUBSECCIÓN 1ª PRIMA EN BENEFICIO DE LOS PRODUCTORES QUE MANTENGAN VACASNODRIZAS Y PRIMA NACIONAL COMPLEMENTARIA Artículos 28 y 29
Artículo 28 Condiciones generales de concesión de la prima por vaca nodriza y prima nacional complementaria.
Artículo 29 Importe de las ayudas de la prima por vaca nodriza y prima nacional complementaria.
SUBSECCIÓN 2ª PRIMAS GANADERAS AL SACRIFICIO Artículos 30 a 34
Artículo 30 Condiciones generales de concesión.
Artículo 31 Importes de las ayudas de la prima al sacrificio de bovinos.
Artículo 32 Declaración de participación de los establecimientos de sacrificio.
Artículo 33 Prueba de sacrificio.
Artículo 34 Concesión de la prima al sacrificio en el caso de expedición o exportación delos animales fuera de España.
CAPÍTULO III PAGOS ADICIONALES EN VACUNO POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 69DEL REGLAMENTO (CE) nº 1782/2003 Artículos 35 a 39
Artículo 35 Condiciones generales de concesión.
Artículo 36 Cuantía y límite de las ayudas.
Artículo 37 Requisitos para la concesión del Pago adicional a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
Artículo 38 Requisitos para la concesión del Pago adicional a la producción de carne devacuno de calidad reconocida oficialmente.
Artículo 39 Requisitos de los Pagos adicionales en el sector lácteo.
CAPÍTULO IV AYUDAS ESPECIFICAS POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 68 Artículos 40 a 43

DEL REGLAMENTO (CE) nº 73/2009 RELATIVAS A LOS GANADEROS

Artículo 40 Requisitos y condiciones de concesión de las ayudas específicas destinadas aagrupaciones de ovino y caprino cuya producción esté amparada por denominaciones de producción de calidad.
Artículo 41 Requisitos y condiciones de concesión de las ayudas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuyas explotaciones se orientan a la producción de carne con el fin decompensar las desventajas especificas ligadas a la viabilidad económica de este tipo de explotación.
Artículo 42 Requisitos y condiciones de concesión de las ayudas para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector lácteo en zonas económicamentevulnerables o sensibles desde el punto de vista medioambiental y para tipos de produccióneconómicamente vulnerables.
Artículo 43 Requisitos y condiciones de concesión de las ayudas para fomentar la producción de productos lácteos de calidad.
CAPÍTULO V PAGOS ACOPLADOS Y REGIMENES ESPECIFICOS POR SUPERFICIE Artículo 44
Artículo 44 Requisitos para optar a la prima específica a las proteaginosas.
TÍTULO III AYUDAS AL DESARROLLO RURAL Artículos 45 a 71
...

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