Decreto 75/2004, de 12 de agosto, de concesión directa de ayuda de carácter excepcional, por razones humanitarias, para la creación e instalación de un taller de Artes Gráficas en Benin (África).

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidammente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

La actividad de carácter social o humanitario en el exterior a menudo viene condicionada por hechos y circunstancias que, dada la extrema gravedad de las consecuencias que generan, requieren una respuesta urgente para evitar que derechos y bienes de primer nivel, jurídicammente protegidos por el ordenamiento internacional, no se vean avocados a una situación irremediable. La vida, la salud y los restantesderechos subjetivos que alcanza la propia existencia de la persona y que, a su vez, son el soporte de los restantes derechos, merecen ser atendidos de la forma más diligente posible, compatibilizando la urgencia en la atención con la observancia de los procedimientos establecidos para garantizar el correcto funcionamiento de la administración pública.

Por ello, existiendo razones de carácter humanitario que justifican la concesión de una subvención de forma directa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley General de Subvenciones, a propuesta de la consejera de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión del día 12 de agosto de 2004,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de ayuda de carácter excepcional por razones humanitarias para la creación e instalación de un taller de artes gráficas en Benin (África) con el fin de apoyar estrategias de reducción de la pobreza, fomentando las oportunidades propias del país con el fin de paliar la situación de extrema pobreza.

Las razones que acreditan el interés humanitario de la acción vienen determinadas por la petición de ayuda humanitaria realizada por el obispo de Natitingou (República de Benin), dada la extrema situación social del país.

Artículo 2 Régimen jurídico aplicable.

La ayuda se concede al amparo de lo dispuesto en...

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