Orden CUL/8/2010 de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de becas en materia de artes en general.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyOrden

Conforme establece el artículo 24.18 del Estatuto de Autonomía, la cultura es competenciaexclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de Cantabria pretende contribuir a la promoción de la política de juventud existente en laComunidad. Con este objeto se considera oportuno establecer una línea de becas a favor de losjóvenes que facilite su profesionalización en el ámbito de las artes y su inserción profesional,apoyando su participación en cursos formativos o de perfeccionamiento y en el desarrollo deproyectos, trabajos o actividades que estén orientados a esta finalidad

En el ejercicio de la misma, y con el fin de fomentar las artes en general, por medio de lapresente Orden se establecen las bases reguladoras y se convocan 12 becas, cuatro en materia de artes escénicas, cuatro en materia de artes plásticas y cuatro en materia de música ydanza de Cantabria, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia,objetividad, igualdad, no discriminación, control, eficacia en el cumplimiento de los objetivosfijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursospúblicos, establecidos en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

Por todo ello, en el marco de las citadas Leyes, y en uso de las atribuciones conferidas enlos artículos 16 y 23.1 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones, y 33.f)de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y régimen jurídico
  1. La presente Orden tiene por objeto el fomento de las artes escénicas, artes plásticas ymúsica y danza de Cantabria, mediante la convocatoria de doce (12) becas, cuatro (4) porapartado, que facilite el desarrollo de: proyectos, trabajos de perfeccionamiento y ampliaciónde estudios en el ámbito de las artes reseñadas. La actividad becada deberá iniciarse en el año2010, y finalizarse antes de 1 de noviembre de 2011.

  2. La concesión de las becas se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen deconcurrencia competitiva.

Artículo 2 Compatibilidad

La percepción de la beca será incompatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas,ingresos o recursos para la misma finalidad (Art. 18.2 Ley 10/06).

Artículo 3 Gastos subvencionables
  1. Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturalezade la actividad subvencionada, que tengan una relación directa y necesaria con el desarrollode la actividad subvencionada y se realicen y paguen dentro del periodo de ejecución definidoen el apartado primero. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionablespodrá ser superior al valor de mercado.

  2. En concreto se considerarán gastos subvencionables los referidos a los siguientes conceptos:

    1. Matrícula.

    2. Transporte (ida y vuelta del curso, en su caso).

    3. Estancia.

    4. Manutención.

  3. Quedan excluidas de la presente convocatoria las actividades académicas previstas enlos planes de estudio de las enseñanzas formales que se impartan por centros públicos o privados y las actividades deportivas y recreativas.

Artículo 4 Beneficiarios
  1. Podrán ser beneficiarios de estas becas todos los artistas españoles residentes en Cantabria que no hayan cumplido los 30 años en la fecha de publicación de la presente Orden yque no hayan recibido otras ayudas del Gobierno de Cantabria, relacionadas con el objeto deesta Orden en los últimos cinco años, excluyendo el año 2009.

  2. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario quienes se hallaren en algunade las circunstancias detalladas en el artículo 12, apartados 2 y 3 de la Ley 10/2006, de 17 dejulio de Subvenciones de Cantabria.

Artículo 5 Solicitudes: Forma, lugar y plazo de presentación
  1. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el díasiguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.

  2. La solicitud de beca deberá presentarse firmada por el solicitante o representante legal yacompañada de la documentación requerida mediante los modelos oficiales que figuran comoAnexo I a la presente Orden.

  3. Los modelos oficiales serán facilitados por el Servicio de Acción Cultural de de la Dirección General de Cultura o podrán descargarse de la página institucional de Gobierno deCantabria o en la web de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ( www.gobcantabria.es,www.consejeriactdcantabria.com, www.culturadecantabria.com ).

    La solicitud se dirigirá al consejero de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria, presentándose preferentemente en el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo yDeporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugaresestablecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria.

    Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada ensobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que ésteproceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los serviciospostales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de laLiberación de los Servicios Postales.

  4. Las solicitudes de beca reguladas en esta Orden deberán presentarse acompañadas dela siguiente documentación:

    1. Memoria explicativa del programa de estudios o trabajo a desarrollar por el solicitante,que incluya:

    2. Una estimación económica del gasto (viaje, estancia, etc.).

    3. Indicación expresa de fecha de inicio y terminación del mismo.

    4. Documentación acreditativa de la admisión del solicitante en el Centro propuesto en lainstancia para el desarrollo de su programa de estudios/trabajo, pudiendo estar condicionadasu admisión definitiva a la concesión de la beca y/o a la superación de las pruebas de admisión. La citada documentación se referirá al curso académico 2010-2011 y/o cursos/trabajosde perfeccionamiento realizados/a realizar durante el año 2010.

    5. Fotocopia compulsada de los títulos y certificados de estudios realizados anteriormentesobre la materia de su especialidad artística o técnica y/o trabajos de composición e investigación realizados y aquellas otras actividades que se consideren relevantes, relacionadas conla materia de que se trate.

    6. Documento bancario ( fotocopia de la libreta, extracto de cuenta, recibo, etc...) en elque consten los siguientes datos del beneficiario: nombre y apellidos/razón social, número deidentificación fiscal y número de cuenta corriente en la que habrá de ingresarse la beca que,en su caso, se conceda.

    7. Enumeración de las becas recibidas en años anteriores de instituciones públicas o privadas que tengan relación directa con la beca solicitada.

    8. Comunicar la solicitud y, en su caso, obtención de cualquier otro tipo de ayuda económicapara la realización de los estudios y trabajos de investigación para los que se solicita esta beca(modelo que consta como Anexo II a la presente Orden).

  5. La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Culturapara recabar los certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (A.E.A.T), dela Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento desus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitantemanifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá presentar los oportunoscertificados junto...

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