Orden GAN/22/2013, de 9 de abril, por la que se establece la Creación de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública por parte de la Dirección General de Pesca y Alimentación.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

Orden GAN/22/2013, de 9 de abril, por la que se establece la Creación de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Públicapor parte de la Dirección General de Pesca y Alimentación.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personalestablece, en su artículo 2, que la misma será de aplicación a los datos de carácter personalregistrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento y a toda modalidad deuso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

El artículo 20, en su apartado 1, de la citada Ley, establece que la creación, modificacióno supresión de los ficheros de las administraciones públicas deberá efectuarse por mediode una disposición de carácter general, la cual debe ser publicada en el «Boletín Oficialdel Estado» o diario oficial correspondiente. Asimismo, en su apartado 2, dicho artículo,establece los aspectos que dicha resolución de creación o modificación de ficheros debecontener.

En este sentido, y al objeto de crear los ficheros de datos personales de los que la DirecciónGeneral de Pesca y Alimentación de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural esresponsable, en los términos y condiciones establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se propone que la Consejería deGanadería, Pesca y Desarrollo Rural apruebe una resolución para la creación de ficheros queincluya las siguientes cuestiones:

Primero.- Creación de los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública responsabilidad de la Dirección General de Pesca y Alimentación de la Consejería de Ganadería,Pesca y Desarrollo Rural que se relacionan en el anexo I y que deberán adecuarse a los términos y condiciones previstos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,de Protección de Datos de Carácter Personal y disposiciones de desarrollo, en particular a lasprescripciones establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que seaprueba el Reglamento de Desarrollo de la LOPD

Segundo.- Publicación del correspondiente anuncio de creación de los citados ficheros en elBoletín Oficial de Cantabria.

Tercero.- Traslado a la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en el artículo 39.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (LOPD), que dispone que serán objeto de inscripciónen el Registro General de Protección de Datos los ficheros de los cuáles sean titulares lasAdministraciones Públicas. Asimismo, y en el Título V del Real Decreto 1720/2007, de 21de diciembre, que desarrolla determinados aspectos de la Ley Orgánica 15/1999, se señalaque todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a laAgencia Española de Protección de Datos por el órgano competente responsable del fichero

para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado através del modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, de una copia de la resolución de creación del fichero.

Cuarto.- La entrada en vigor de la resolución al día siguiente de su publicación en el BoletínOficial de Cantabria.

Santander, 9 de abril de 2013.

La consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural,

Blanca Azucena Martínez Gómez.

Anexo I

Fichero: Registros

  1. Órgano responsable de este fichero: Dirección General de Pesca y Alimentación de laConsejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural.

  2. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo: Gestión de los datos de titularesque desarrollen actividades relacionadas con el sector pesquero y de la industriaagroalimentaria y forestal.

  3. Personas o colectivos para los que se pretenda obtener datos de carácter personal oque resulten obligados a suministrarlos: Representantes legales de las entidadesincluidas en los registros.

  4. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Los datos son facilitadospor el propio interesado o su representante legal a través de formularios.

  5. Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personalincluidos en el mismo:

    - Datos de carácter identificativo (Nombre y apellidos, documento nacional deidentidad/número de identificación fiscal, dirección, teléfono, fax, firma), datos dedetalle de empleo.

  6. Sistema de tratamiento: Mixto

  7. Cesiones de datos que se prevén: Ministerio de Agricultura, Alimentación y MedioAmbiente.

  8. Transferencias internacionales: No se prevén comunicaciones internacionales de losdatos personales pertenecientes a este fichero de datos.

  9. Acceso, rectificación y cancelación: Se podrán ejercitar estos derechos ante la DirecciónGeneral de Pesca y Alimentación de la Consejería de Ganadería, Pesca y DesarrolloRural, Gutiérrez Solana, s/n (Edificio Europa). 39011 - Santander.

  10. Medidas de seguridad con indicación del nivel básico medio o alto exigible: Medidas deseguridad de nivel básico, según el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por elque se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la LOPD.

    Fichero: Ayudas y Subvenciones

  11. Órgano responsable de este fichero: Dirección General de Pesca y Alimentación de laConsejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural.

  12. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo: Gestión de los datos necesariospara la tramitación de ayudas y subvenciones.

  13. Personas o colectivos para los que se pretenda obtener datos de carácter personal oque resulten obligados a suministrarlos: Representantes legales de las entidadesincluidas en los registros.

  14. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Los datos son facilitadospor el propio interesado o su representante legal o a través de otras administracionespúblicas.

  15. Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personalincluidos en el mismo:

    - Datos de carácter identificativo (Nombre y apellidos, documento nacional deidentidad/número de identificación fiscal, dirección, teléfono, fax, firma), datos dedetalle de empleo, Económicos, financieros y de seguros.

    - Datos relativos a infracciones administrativas.

  16. Sistema de tratamiento: Mixto

  17. Cesiones de datos que se prevén: Ministerio de Agricultura, Alimentación y MedioAmbiente, Hacienda Pública y Administración Tributaria.

  18. ...

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