Orden SAN/40/2012, de 28 de Diciembre, por la que se modifica la Jornada Efectiva del Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Cántabro de Salud.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad y Servicios Sociales
Rango de LeyOrden

Como consecuencia de la modificación introducida por el artículo 13 de la Ley de Cantabria2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la Ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se incrementó la jornada ordinaria del personal al servicio de las instituciones sanitariasdel Servicio Cántabro de Salud. En desarrollo del apartado 6 de la citada Ley, se aprobó laOrden SAN/23/2012, de 25 de junio, por la que se establecen los criterios para la implantaciónefectiva de la jornada del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias dependientes delServicio Cántabro de Salud.

La Disposición Adicional Quinta de la Ley de Cantabria 10/2012, de 26 de diciembre, deMedidas Fiscales y Administrativas, ha incrementado en 21 horas la jornada efectiva anual delpersonal al servicio de las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Cántabro de Salud,atendiendo a la reducción de tres días de permisos por días, tras la nueva redacción del artículo 48.k) de de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, operadapor el artículo 8.1 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizarla estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, cuya efectividad comienzaen 2012 de conformidad con la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto-ley 20/2013.En este sentido, se dispone que con efectos de 1 de enero de 2013, la jornada ordinaria delpersonal al servicio de las instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud prevista en elartículo 13 de la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la ComunidadAutónoma de Cantabria, se incrementara en 21 horas en cómputo anual, sin que ello conlleveen ningún caso el reconocimiento de complemento económico alguno. Igualmente, se prevéque, mediante Orden de la Consejería competente en materia de sanidad se establecerán loscriterios generales para la implantación efectiva de la jornada, previa negociación en el senode la Mesa Sectorial de Personal de Instituciones Sanitarias. En atención a lo expuesto, resultanecesario modificar la...

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