Decreto 101/2004, de 21 de octubre, por el que se delimita el entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado Iglesia de San Martín de Valdelomar, en Valdelomar, término municipal de Valderredible.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante resolución de la consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 24 de octubre de 2003, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Iglesia de San Martín de Valdelomar», en Valdelomar, término municipal de Valderredible, declarada Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento por Decreto 50/1993, de 30 de junio.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar el entorno de protección del bien mencionado, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno deCantabria en su reunión del día 21 de octubre de 2004, dispongo,

Artículo 1 Se delimita el entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «La Iglesia de San Martín de Valdelomar», en Valdelomar, término municipal de Valderredible, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Se faculta al excelentísimo señor consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 21 de octubre de 2004.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO,

Miguel Ángel Revilla Roiz

EL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Francisco Javier López Marcano

ANEXO

Delimitación del entorno

Lo forman...

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