Decreto 75/2012, de 13 de diciembre, por el que se deroga el art
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
Mediante el Decreto 24/1998, de 26 de marzo, se creó la Oficina del Gobierno de Cantabriaen Bruselas, como órgano de representación de Cantabria y de defensa y promoción de losintereses multisectoriales de la Comunidad de Cantabria en las instituciones de la Unión Europea.
Para los gastos corrientes que se generen en la Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas, el artículo tercero del referido Decreto prevé que será de aplicación el Decreto 3/1998,de 8 de enero, sobre anticipo de caja fija.
Actualmente los gastos generados en la citada Oficina vienen siendo gestionados por laSociedad pública regional SODERCAN, S. A., siendo intención del Gobierno que a partir de unode enero de 2013 lo sean por la también Sociedad pública regional CEP CANTABRIA, S. L.,conforme a la autorización conferida por el Decreto 63/2012, de 25 de octubre.
Dado que no se va a aplicar el sistema de anticipo de caja fija, se estima conveniente proceder a derogar el artículo tercero del Decreto 24/1998, de 26 de marzo.
En virtud de ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2002, de 10 de diciembre,de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a propuesta de la consejera de Economía, Hacienda y Empleo y previa deliberación delConsejo de Gobierno en su reunión del día trece de diciembre de 2012,
DISPONGO
Se deroga el artículo tercero del Decreto 24/1998, de 26 de marzo, por el que se crea laOficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente...
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