Decreto 83/2018, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Estabilización para el año 2017.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

I

La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, queregula en su artículo 19 la "Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión dela provisión de necesidades de personal", establece distintos porcentajes para la aplicación dela tasa de reposición en función del sector concreto de que se trate: el 100% en los sectoresprioritarios enumerados en su apartado Uno.2, y el 50% en el resto de sectores, si bien incluyeuna novedad que consiste en la posibilidad de las Administraciones Públicas de disponer deuna tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90% de lasplazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporale ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.

La tasa adicional del 90% está limitada a los sectores regulados en las letras A) (Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3de mayo, de Educación), B) (Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto delas plazas de personal estatutario), G) (plazas de los Cuerpos de Letrados de la Administraciónde Justicia y de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia), O) (plazas de personalque presta asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales), P) (plazas de personal querealiza la gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo), y Policía Local, delartículo 19. Uno.2, así como también el personal docente e investigador comprendido en la letra J) del mismo artículo, el personal que preste servicios en materia de gestión tributaria y recaudación, y de inspección y sanción de servicios y actividades, el personal del Servicio Público deEmpleo Estatal y entidades autonómicas equivalentes que preste servicios en materia de gestióny control de prestaciones de desempleo y actividades dirigidas a la formación para el empleo, yel personal de la escala de Médicos-Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

II

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 12.2.g), 13.2.d) y 42.2 dela Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública, en el artículo 12 A) delDecreto 2/1989, de 31 de enero, sobre elaboración de estructuras, relaciones de puestos detrabajo y retribuciones, a propuesta del Consejero de Presidencia y Justicia, previa negociaciónen la Mesa Sectorial de Función Pública y en el Comité de Empresa, con el informe favorable dela Comisión de Coordinación y Retribuciones, y previa deliberación del Gobierno de Cantabriaen su reunión del día 11 de octubre de 2018

DISPONGO

Artículo 1 Aprobación de la oferta de...

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