Decreto 81/2014, de 26 de diciembre, que modifica el Decreto 9/2008, de 17 de enero, por el que se establece el currículo de las Enseñanzas Elementales de Música y se regula su acceso en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y el Decreto 126/2007, de 20 de septiembre, por el que se establece el currículo de las Enseñanzas Profesionales de Música y se regula su acceso en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en su artículo 48.1, dispone que las enseñanzaselementales de música tendrán las características y la organización que las Administracioneseducativas determinen.

El Decreto 9/2008, de 17 de enero, por el que se establece el currículo de las EnseñanzasElementales de Música y se regula su acceso en la Comunidad Autónoma de Cantabria, definelos objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las asignaturas de las distintas especialidades, así como las orientaciones metodológicas que deben ser tenidas en cuenta en elproceso de enseñanza y aprendizaje de estas enseñanzas.

El Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos delcurrículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de3 de mayo, de Educación, establece los objetivos, contenidos y criterios de evaluación para lasdistintas especialidades y asignaturas de las enseñanzas profesionales de música que constituyen los aspectos básicos de los currículos respectivos. Asimismo, el artículo 5.3 del mencionado Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, señala que las Administraciones educativasestablecerán el currículo de las enseñanzas profesionales de música, del que formarán parte,en todo caso, los aspectos básicos que para cada especialidad se fijan en dicho Real Decreto.

El Decreto 126/2007, de 20 de septiembre, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de Música y se regula su acceso en la Comunidad Autónoma de Cantabria, desarrolló los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de músicaimpartidas en conservatorios y centros autorizados de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Con posterioridad, a demanda de un número creciente de alumnos, se ha considerado oportuno aumentar la oferta formativa de las enseñanzas elementales de Música, con la introducción de la especialidad de clave y las enseñanzas profesionales con dos nuevas especialidades:Clave e Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco. También se regula unanueva asignatura de Bajo Continuo. Así mismo, se hace necesario actualizar el currículo de laasignatura de Órgano y Acompañamiento.

A este respecto, cabe destacar que los aspectos que se incluyen en dicho currículo son losobjetivos y los contenidos, las asignaturas propias de las especialidades así como los cursosen que se imparten y los horarios de cada una de ellas. Por el contrario, los criterios de evaluación son comunes para todas las especialidades de las enseñanzas profesionales de música,y, como tal, ya figuran recogidos en el mencionado Decreto 126/2007, de 20 de septiembre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, previo dictamendel Consejo Escolar de Cantabria y del Consejo de Estado, y previa deliberación y aprobacióndel Consejo de Gobierno de Cantabria, en su reunión del día 26 de diciembre de 2014,

DISPONGO

Artículo primero Modificación del Decreto 9/2008, de 17 de enero, por el que se estableceel currículo de las Enseñanzas Elementales de Música y se regula su acceso en la ComunidadAutónoma de Cantabria.

CVE-2014-18705

El Decreto 9/2008, de 17 de enero, por el que se establece el currículo de las EnseñanzasElementales de Música y se regula su acceso en la Comunidad Autónoma de Cantabria, semodifica en los siguientes términos:

Uno. El artículo 7 queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 7. Especialidades de las enseñanzas elementales de música.

Las especialidades instrumentales correspondientes a las enseñanzas elementales de música que se imparten en la Comunidad Autónoma de Cantabria son las siguientes: - Acordeón. - Clarinete. - Clave - Contrabajo. - Fagot. - Flauta travesera. - Guitarra. - Oboe. - Percusión. - Piano. - Saxofón. - Trombón. - Trompa. - Trompeta. - Tuba. - Viola. - Violín. - Violoncello."

Dos. Se añaden los objetivos y contenidos de la asignatura de Clave a continuación delapartado "contenidos" de la asignatura de piano, en el Anexo II:

Clave

Objetivos:

La enseñanza de Clave en las enseñanzas elementales de música tiene como objetivo contribuir a desarrollar en el alumnado las capacidades siguientes: a) Adoptar una postura adecuada del cuerpo que favorezca la actividad del conjunto brazoantebrazo-mano en el instrumento. b) Conocer el mecanismo interno del instrumento y saber utilizar sus posibilidades paraobtener un perfeccionamiento gradual de la calidad sonora. c) Utilizar las posibilidades expresivas y dinámicas de distintas combinaciones de tecladosy registros. d) Relacionar los conocimientos adquiridos de lectura y escritura musicales con la práctica delinstrumento en la resolución de las dificultades propias de los objetivos y contenidos del nivel. e) Interpretar un repertorio básico que incluya obras representativas de diversas épocas yestilos adecuados a este nivel. f) Fomentar la audición musical.

Contenidos: 1. Desarrollo del hábito postural correcto como requisito indispensable del futuro músico. 2. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención deuna buena calidad del sonido. 3. Aprendizaje de los diversos modos de ataque y articulación en relación con la frase y latextura musical. 4. Estudio de las diversas digitaciones y su estrecha relación con la articulación y el fraseo. 5. Práctica de ejercicios de independencia y fortalecimiento de los dedos. 6. Trabajo en dos teclados. 7. Selección progresiva de ejercicios y obras del repertorio clavecinístico propio de estenivel que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica delalumno. 8. Conocimiento de los distintos bajos obstinatos sobre los que se han construido determinadas obras. 9. Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos. 10. Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. 11. Adquisición de hábitos de estudio correctos. 12. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles -motivos, temas, periodos, frases, secciones, etc.- para llegar, a través de ello, a una interpretaciónconsciente y no meramente intuitiva. 13. Práctica del conjunto.

Artículo segundo Modificación del Decreto 126/2007, de 20 de septiembre, por el que seestablece el currículo de las enseñanzas profesionales de Música y se regula su acceso en laComunidad Autónoma de Cantabria.

El Decreto 126/2007, de 20 de septiembre, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de Música y se regulas u acceso en la Comunidad Autónoma de Cantabria, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El artículo 6 queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 6. AsignaturasLas enseñanzas profesionales de música se organizan en las asignaturas siguientes: 1. Asignaturas comunes a todas las especialidades: a) Instrumento o voz. b) Lenguaje musical. c) Armonía. 2. Asignaturas propias de la especialidad: a) Acompañamiento: en las especialidades de Acordeón y Piano. b) Bajo continuo: en las especialidades de Clave, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y del Barroco y Órgano. c) Banda: en las especialidades de Clarinete, Contrabajo, Fagot, Flauta travesera, Oboe,Percusión, Saxofón, Trombón, Trompa, Trompeta y Tuba. d) Conjunto: en las especialidades de Acordeón, Clave, Guitarra, Instrumentos de cuerdapulsada del Renacimiento y del Barroco, Órgano, Percusión, Piano y Saxofón. e) Coro: en las especialidades de Acordeón, Canto, Clave, Guitarra, Instrumentos de cuerdapulsada del Renacimiento y del Barroco, Órgano y Piano.

f) Historia de la música: en las especialidades de Acordeón, Canto, Clarinete, Clave, Contrabajo, Fagot, Flauta travesera, Guitarra, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimientoy del Barroco, Oboe, Órgano, Percusión, Piano, Saxofón, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba,Viola, Violín y Violoncello. g) Idiomas aplicados al canto: en la especialidad de Canto. h) Música de cámara: en las especialidades de Acordeón, Canto, Clave, Clarinete, Contrabajo, Fagot, Flauta travesera, Guitarra, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y delBarroco, Oboe, Órgano, Percusión, Piano, Saxofón, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba, Viola,Violín y Violoncello. i) Orquesta: en las especialidades de Clarinete, Contrabajo, Fagot, Flauta travesera, Oboe,Percusión, Saxofón, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba, Viola, Violín y Violoncello. j) Piano complementario: en las especialidades de Canto, Clarinete, Contrabajo, Fagot,Flauta travesera, Guitarra, Oboe, Percusión, Saxofón, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba,Viola, Violín y Violoncello. 3. Los alumnos podrán escoger en los cursos quinto y sexto entre las siguientes opciones: a) Análisis y Optativa. b) Fundamentos de composición y Optativa.

Dos. El artículo 7 queda redactado de la siguiente forma:

"Artículo 7. Especialidades de las enseñanzas profesionales de música.

Las especialidades de las enseñanzas profesionales de música que se imparten en la Comunidad Autónoma de Cantabria son las siguientes: a) Acordeón. b) Canto. c) Clarinete. d) Clave. e) Contrabajo. f) Fagot. g) Flauta travesera. h) Guitarra. i) Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco j) Oboe. k) Órgano. l) Percusión. m) Piano. n) Saxofón. ñ) Trombón. o) Trompa. p) Trompeta. q) Tuba. r) Viola. s) Violín. t) Violoncello.

Tres. Se modifica el cuadro horario de las especialidades del anexo I, que quedan redactadas de la siguiente forma:

"1. Acordeón

Horas semanales en cada uno de los cursos

ASIGNATURAS

Total horas

  1. Instrumento

    1

    ...

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