Decreto 70/2020, de 22 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria, se establece la estructuraorgánica básica y competencias de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deportecreada por el Decreto 7/2019, de 8 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Posteriormente, mediante el Decreto 2/2020, de 16 de enero, se procedió a la configuración de la estructura orgánica y relación de puestos de trabajo de la Secretaría General y a lamodificación de las relaciones de puestos de trabajo de las Direcciones Generales de AcciónCultural y de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica.

Se acomete mediante el presente Decreto la necesaria reunión en un único texto de la estructura orgánica de la Consejería y competencias de sus órganos directivos y unidades orgánicas.

Además, se precisa acometer una modificación de la estructura orgánica de la DirecciónGeneral de la Igualdad y Mujer, creada mediante Decreto 83/2015, de 31 de julio por el que semodifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria, paradar a este órgano directivo una estructura que le permita afrontar en las mejores condicionesorganizativas posibles los requerimientos crecientes en las funciones propias de su ámbitocompetencial. Por un lado, es preciso dar una asistencia más integral e inmediata a las víctimas de violencia de género, de forma que suponga una mejora en la calidad y en la prestacióndel propio servicio, coherentes con los compromisos del Pacto de Estado Contra la Violencia deGénero. Asimismo, se requiere dar una respuesta eficaz a las exigencias de la Ley de Cantabria2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, en particular, enlo que se refiere a la creación de los puestos encargados de coordinar las políticas de igualdadde género y la aplicación de esta ley en el ámbito de todas las Consejerías del Gobierno deCantabria, así como a la realización de las actuaciones de inspección.

Asimismo, estas modificaciones conllevan, a su vez, cambios en la estructura orgánica ypuestos de trabajo de la Secretaría General, que también se formalizan en este Decreto.

Por todo ello, cumplidos los trámites preceptivos establecidos en el Decreto 2/1989, de 31 deenero, sobre elaboración de estructuras, relaciones de puestos de trabajo y retribuciones, en suvigente redacción, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 4/2019, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2020, consultadas las organizaciones sindicales, al amparo de lo previsto en la RDL 5/2015, de 30 de octubre,Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; a propuesta del consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte y de la consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior,previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 22 de octubre de 2020,

DISPONGO

Artículo primero Consejería de Universidades Igualdad, Cultura y Deporte.
  1. El Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte es el titular de la Consejería.Su estatuto personal y atribuciones son los contenidos en la Ley de Cantabria5/2018, de 22 denoviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y demás legislación aplicable.

    CVE-2020-7946

  2. Están adscritos a la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte los siguientes órganos colegiados:

    - Consejo de la Juventud de Cantabria.

    - Consejo Cántabro de Cultura.

    - Consejo Cántabro de Deporte.

    - Comisión Cántabra del Deporte.

    - Patronato Fondo Cantabria Coopera.

    - Consejo de la Mujer de Cantabria.

    - Comisión para la Igualdad de Género del Gobierno de Cantabria.

    - Comisión contra la Violencia de Género.

    - Observatorio de Igualdad de Género.

    - Comisión para la Integración de la Perspectiva de Género en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    - Comisión Técnica de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.

    - Comisión Técnica de Patrimonio Mueble Artístico y Museos.

    - Comisión Técnica de Patrimonio Edificado.

    - Comisión Técnica de Patrimonio Documental y Bibliográfico.

    - Comisión Mixta Iglesia Católica- Comunidad Autónoma.

    - Comisión Técnica de Patrimonio Etnográfico y Paisaje.

    - Comisión Técnica de Patrimonio Científico y Tecnológico.

  3. Bajo la dirección de su titular, la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, se estructura en los siguientes órganos directivos:

    Secretaría General.

    Dirección General de Igualdad y Mujer.

    Dirección General de Juventud.

    Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia.

    Dirección General de Cooperación al Desarrollo.

    Dirección General de Acción Cultural.

    Subdirección General de Política Cultural.

    Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica.

    Subdirección General de Patrimonio Cultural.

    Dirección General de Deporte.

Artículo segundo Secretaría General.
  1. Las competencias genéricas del Secretario General son las expresadas en la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administracióny del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como en lasdisposiciones que la modifiquen o sustituyan.

    Específicamente, le corresponden las siguientes competencias:

    1. La emisión de informes jurídicos y la elaboración de las disposiciones generales queemanen de la Consejería.

    2. Emitir informes jurídicos, económicos o técnicos en los casos o expedientes en que, según las leyes, corresponda a la Secretaría General.

    3. Informar y realizar propuestas al Consejero de los asuntos que hayan de ser sometidosal Consejo de Gobierno, respondiendo de que los expedientes se encuentran completos y sinobjeciones.

    4. Prestar asistencia jurídica a los Centros y Unidades de la Consejería que lo requieran.

    5. Dirigir la administración y conservación de los bienes y derechos adscritos a la Consejería.

    6. La tramitación y propuesta de resolución de los recursos administrativos, y expedientes derevisión de oficio de actos administrativos, así como las relaciones con los órganos jurisdiccionales.

    7. Confección del anteproyecto de presupuestos de la Consejería, sobre la base de las necesidades propuestas por los órganos directivos de la Consejería.

    8. Control de la ejecución del presupuesto y de la gestión de los medios materiales adscritos a la Consejería.

    9. Coordinación de las actuaciones de las Direcciones Generales y organismos adscritos ala Consejería.

    10. El régimen interno y los asuntos generales.

  2. La Secretaría General, se estructura en las siguientes unidades administrativas:

    2.1. Asesoría Jurídica.

    2.2. Servicio de Gestión de Personal y Régimen Interior.

    2.2.0.1. Negociado de Registro y Atención al Ciudadano.

    2.2.0.2. Negociado de Información Administrativa y Registro

    2.2.1. Sección de Personal y Régimen Interior.

    2.2.1.1 Negociado de Personal.

    2.2.1.2 Negociado de Régimen Interior.

    2.3. Oficina Técnica.

    2.4 Servicio de Gestión Económico-Presupuestaria.

    2.4.1 Sección de Gestión Económico-Presupuestaria.

    2.4.1.1. Negociado de Gestión Económico-Presupuestaria.

    2.4.2. Sección de Gestión Económico-Administrativa.

    2.4.2.1. Negociado de Habilitación I.

    2.4.2.2. Negociado de Habilitación II.

    2.4.2.3. Negociado de Archivo y Documentación.

    2.4.3. Sección de Apoyo Técnico.

    2.4.3.1. Negociado de Gestión Institucional.

    2.1. La Asesoría Jurídica, con rango de servicio, tiene encomendadas, entre otras, las siguientes funciones: articulación técnico-formal de proyectos de disposiciones normativas, convenios, contratos y demás documentos jurídicos de la Consejería; elaboración de informes jurídicos y propuestas de resolución relativas a recursos o reclamaciones que se formulen contrala actuación de la Consejería; asesoramiento en anteproyectos de disposiciones de caráctergeneral que afecten a materias propias de la Consejería; asesoramiento jurídico, en general,en cuantos expedientes se tramiten en la Consejería sobre cuestiones de legalidad; desarrollode las funciones propias del área consultiva; realización de estudios sobre materias propiasde la Consejería; informes de proyectos de orden de convocatoria de subvenciones; informessobre modificaciones contractuales; elaboración de estudios jurídicos y comparados de la normativa legal; ejercer cuantas otras funciones le sean encomendadas por la Secretaría Generaldentro del área funcional de su competencia.

    2.2. El Servicio de Gestión de Personal y Régimen Interior, tiene encomendadas, entreotras, las siguientes funciones: apoyo en la elaboración de proyectos de planes de actuación yprogramación de necesidades; apoyo a la Secretaría General en la coordinación de las unidades dependientes de la Consejería; coordinación y supervisión de los expedientes de gestiónde personal cuya competencia esté atribuida por norma especial a la Secretaría General o alConsejero; proponer, coordinar y supervisar los trabajos de mantenimiento de los edificios,locales y centros dependientes de la consejería; control del registro y archivo de expedientesy documentos; relación de evaluación de necesidades que conlleven una propuesta de infor-

    mación de...

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