Decreto 7/2020, de 7 de noviembre, del presidente de la Comunidad Autónoma, por el que se limita la permanencia de personas en lugares de culto en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma paracontener la propagación de infecciones causadas por el SARS- CoV -2 establece en su artículo 2.2 que la autoridad delegada competente en cada comunidad autónoma será quien ostente lapresidencia; y concreta en el artículo 2.3 que las autoridades competentes delegadas quedanhabilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de la Nación, las órdenes, resoluciones ydisposiciones para la aplicación de lo previsto en los artículos 5 a 11, sin que sea precisa latramitación de procedimiento administrativo alguno ni resulte de aplicación lo establecido enel segundo párrafo del artículo 8.6 y en el artículo 10.8 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativo.

El artículo 8 del Real Decreto 926/2020, establece una regulación de la limitación a la permanencia de personas en lugares de culto mediante la fijación de aforos para las reuniones,celebraciones y encuentros religiosos, atendiendo al riesgo de transmisión que pudiera resultarde los encuentros colectivos. Dicha limitación no podrá afectar en ningún caso al ejercicio privado e individual de la libertad religiosa.

La eficacia de dicha medida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9, queda condicionada a la previa determinación de su aplicación por la autoridad competente delegada en cadacomunidad autónoma y tendrá una duración no inferior a siete días naturales.

La Dirección General de Salud Pública solicita con fecha 6 de noviembre de 2020 que seadopte " la medida de reducción del aforo a 1/3 en lugares de culto, previsto en el nivel dealerta 3 del documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisiónde Covid-19", actualizado a 22 de octubre de 2020, documento elaborado por la Ponencia deAlertas y Planes de Preparación y Respuesta, aprobado por la Comisión de Salud Pública delConsejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y acordado por el Pleno del ConsejoInterterritorial del Sistema Nacional de Salud".

En su virtud, vista la propuesta de la Dirección General de Salud Pública, y en uso de lasfacultades que me confieren los artículos 2.3 y 9 en relación con el artículo 8 del Real Decreto926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS- CoV-2, en la condición autoridad competentedelegada del Gobierno de la Nación,

DISPONGO

Primero...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR