Decreto 654/2017, de 14 de diciembre de 2017, de alteración del régimen de atribuciones de la Junta de Gobierno Local. Expediente 609/2015.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorAyuntamiento de Reocin
Rango de LeyDecreto

Con el objeto de dar cumplimiento a lo señalado en el art. 44.2 del RD 2568/1986, de 28 denoviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales, se hace público el Decreto de Alcaldía nº 654/2017, de 14 dediciembre, del siguiente tenor literal:

"Decreto nº 654/2017, de 14 de diciembre de 2017

(Asunto: Alteración del régimen de atribuciones de la Junta de Gobierno Local)

Visto lo señalado en el art. 23.1 y 2 de de la Ley 7/1985, de 2 de abril, al establecer quela Junta de Gobierno Local se integra por el alcalde y un número de concejales no superior altercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dandocuenta al Pleno. Corresponde a la Junta de Gobierno Local, la asistencia al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones y las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegueo le atribuyan las leyes.

Resultando que por Decreto nº 248/2015, de 25 de junio, se delega en la Junta de GobiernoLocal, la competencia para informar los expedientes de actividad sujetos al régimen de actividad clasificada, así como la emisión de informes previos a la concesión de autorizaciones de laComisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo en suelo rústico.

Considerando que la citada delegación ralentiza la remisión de expedientes al órgano autonómico competente, tratándose tan solo de un mero acto de trámite, previo a la concesión delicencia de actividad -de competencia del ente local-, o en la correspondiente autorización deusos -de competencia autonómica-.

Resultando necesario acomodar la actuación administrativa a los principios de celeridad,eficacia y eficiencia, de aplicación general en el ámbito de las administraciones publicas deconformidad con lo establecido en la Leyes 39 y 40/2015, de 1 de octubre, y con arreglo a loseñalado en el art. 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, vengo enRESOLVER:

Primero.- Revocar parcialmente la delegación conferida a la Junta de Gobierno Local mediante Decreto nº 248/2015, de 25 de junio, respecto de las atribuciones que seguido se indican, que pasaran a ejercerse por la Alcaldía-Presidencia de la entidad:

- Informar los expedientes de actividad sujetos al régimen de actividad clasificada, de conformidad con la Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental de Cantabria.

- La emisión de informes previos a la concesión de autorizaciones...

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