Decreto 32/2020, de 14 de mayo, por el que se aprueba la modificación parcial de las Relaciones de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de diciembre de 2019 se acordó la distribución de los porcentajes del 0,20 y 0,25% de la masa salarial del personal funcionario correspondiente a los ejercicios 2017 y 2018.

Previa negociación en la Mesa Sectorial de Función Pública y en sintonía con lo previsto enel II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo suscrito entre el Gobierno de España y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIFel 9 de marzo de 2018 para la aplicación de los fondos adicionales, el Consejo de Gobiernoacordó, entre otras medidas, las de homologación del nivel de complemento de destino de lospuestos de trabajo adscritos a la Agrupación Profesional de Funcionarios, equiparación del nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo "Auxiliar", equiparación del nivel decomplemento de destino de los puestos de trabajo "Subgestor", la homogeneización de los niveles de complemento de destino y específicos de los puestos de trabajo "Inspector" y "Gestorde tasa Láctea", mejora del nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo "Agentede Información", "Agente de Información y Registro" y "Agente de Apoyo e Información" yde las dos jefaturas de Negociado de las que dependen, mejora del nivel de complemento dedestino de los puestos de trabajo "Técnico Auxiliar de Seguridad y Vigilancia" y del puesto detrabajo "Jefe de Grupo de Seguridad y Vigilancia", modificación del nivel de complemento dedestino de los puestos de trabajo de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales y la revisión del complemento específico de todos los puestos de trabajo no singularizados de todoslos grupos de adscripción de personal funcionario.

Las modificaciones afectan con carácter general a todos los puestos de trabajo que seajusten a los criterios previstos, con independencia de la Consejería u organismo al que esténadscritos y tienen vocación de ser aplicadas con carácter general y no son consecuencia de lasadaptaciones particulares que precise una Consejería concreta en su estructura orgánica y ensu relación de puestos de trabajo, por lo que requieren la implantación simultánea en toda laorganización, habiendo sido habilitada expresamente la Dirección General de Función Públicapara la instrucción de los expedientes que sea necesario tramitar.

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Decreto 2/1989, de31 de enero, de Elaboración de Estructuras, Relaciones de Puestos de Trabajo y Retribuciones,a la tramitación de este Decreto le es de aplicación el procedimiento establecido en las disposiciones de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre Régimen Jurídico del Gobierno, dela Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Por todo lo anterior, consultadas las organizaciones sindicales al amparo de lo previsto enel Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundidodel Estatuto Básico del Empleado Público, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Interior,Justicia y Acción Exterior y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de fecha14 de mayo de 2020,

DISPONGO

Artículo único Relación de puestos de trabajo.
  1. Se aprueba la modificación parcial de las relaciones de puestos de trabajo de personalfuncionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, según se detallacomo Anexo en el presente Decreto.

    CVE-2020-3088

  2. Las modificaciones de los puestos de trabajo previstas en este Decreto retrotraerán susefectos al 1 de enero de 2020.

  3. La modificación de las presentes relaciones de puestos de trabajo tiene carácter de actoadministrativo que pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recursocontencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a supublicación en el Boletín Oficial de Cantabria, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mescontado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de RégimenJurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la ComunidadAutónoma de Cantabria.

    Santander, 14 de mayo de 2020.

    El presidente del Gobierno,

    Miguel Ángel Revilla Roiz.

    La consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior,

    Paula Fernández Viaña.

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA,INTERIOR, JUSTICIA Y ACCIÓN

    EXTERIOR

    ANEXO

    Se modifica el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo nº 95,96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 105, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114,116, 117, 119, 120, 322, 323, 353, 401, 402, 461, 462, 832, 880, 901, 934, 935,936, 1042, 1112, 1113, 1134, 1234, 1275, 1779, 1780, 1808, 1809, 1810, 1811,1812, 1841, 2002, 2022, 2058, 2059, 2060, 2101, 2102, 2172, 2174, 2175, 2176,2184, 2185, 2199, 2234, 2343, 2344, 2345, 2346, 2347, 2350, 3164, 3165, 3604,4234, 4701, 4702, 4725, 4821, 4822, 4855, 4856, 4857, 4858, 4960, 5031, 5032,5801, 6574, 6575, 7008, 7009, 7299, 7450, 7451, 7452, 7548, 8022, 8044, 8092,8145, 8174, 8205, 8253, 8281, 8427, 8428, 8680, 8992, 9787 denominados"Ordenanza", pasando de Nivel 10 a Nivel 11. Se modifica...

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