Decreto 164/2019, de 22 de agosto, por el que se establece el régimen de suplencias de los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Con fecha 8 de julio de 2019 se publicó en el BOC Extraordinario, número 31, el Decreto7/2019, de 8 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El 23 de julio de 2019 se ha publicado en el BOC Extraordinario, número 35, el Decreto106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica delas Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Por ello, procede establecer un nuevo régimen de suplencias temporales de los órganos directivos de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo, derogandoel actualmente establecido en el Decreto 116/2015, de 3 de agosto (BOC Extraordinario de 14de agosto de 2015, número 64).

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de Cantabria5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y delSector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a propuesta del consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo y previa deliberación del Consejode Gobierno en su reunión del día 22 de agosto de 2019,

DISPONGO

Artículo único Suplencia de los titulares de los órganos directivos de la Consejería de ObrasPúblicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo.

En caso de vacante, ausencia o enfermedad de los titulares de los órganos directivos de laConsejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo, se establece el siguienterégimen de suplencias temporales:

  1. Al titular de la Secretaría General le suplirán, por este orden, los titulares de la DirecciónGeneral de Obras Públicas, y de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

  2. Al titular de la Dirección General de Obras Públicas le suplirán, por este orden los titularesde la Secretaría General, y de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos.

  3. Al titular de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, le suplirán,por este orden los titulares de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos, y de...

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