Decreto 155/2015, de 26 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 12/2008, de 24 de enero, por el que se regula la función informática en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto 12/2008, de 24 de enero, se regula la función informática en el ámbitode la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Una vez culminada la centralización de todos los puestos y unidades que desempeñan funciones en materia de informática en un único órgano directivo, Dirección General de Organización y Tecnología, en aras de mejorar la eficiencia y eficacia en esta materia competencial,se considera conveniente proceder a modificar el mencionado Decreto, para reducir la cargade gestión administrativa a la que está sometida la Comisión de Informática y SimplificaciónAdministrativa, reduciendo los plazos de tramitación de los expedientes de gasto en materiade bienes y servicios informáticos, y al mismo tiempo adaptando a la estructura actual lasdenominaciones del órgano directivo y consejería competentes en materia de informática deesta Administración.

En su virtud, a propuesta del consejero de Presidencia y Justicia y previa deliberación delConsejo de Gobierno en su reunión del día 26 de noviembre de 2015,

DISPONGO

Artículo único Modificación del Decreto 12/2008, de 24 de enero, por el que se regula lafunción informática en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El Decreto 12/2008, de 24 de enero, por el que se regula la función informática en el ámbitode la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, queda modificado como sigue:

Uno. Se suprime el apartado j) del artículo 8.

Dos. Se añade un apartado k) en el artículo 5, con la siguiente redacción:

"k) Informar con carácter preceptivo los proyectos y propuestas de adquisición, arrendamiento y mantenimiento de bienes y servicios informáticos de las distintas Consejerías, conla excepción de los que no superen la cuantía de mil euros (sin iva). Quedarán excluidos dela necesidad de solicitar el mencionado informe, los proyectos y propuestas de adquisición,arrendamiento y mantenimiento de bienes y servicios informáticos propuestos por la propiaDirección General competente en materia de informática, así como los del Servicio Cántabrode Salud".

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