Orden 32/2002, de 2 de enero, por la que se regula la convocatoria y régimen jurídico de subvenciones para adquisición de material para remo.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyOrden

Los Presupuestos Generales del Gobierno de Cantabria exigen que las subvenciones concedidas con cargo a los mismos cumplan los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión. Asimismo, conforme establece el Estatuto de Autonomía en su artículo 24.21, la promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio es una materia competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma y dentro de ella, se presta una especial atención a la conservación y difusión de los denominados deportes autóctonos que se configuran como elementos diferenciadores de nuestra identidad cultural.

En consecuencia, con el fin de alcanzar los objetivos señalados, se hace preciso regular el régimen de ayudas y subvenciones dotadas con las correspondientes partidas presupuestarias.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 34 de la Ley 2/1.997, de 28 de Abril de Régimen Jurídico del Gobierno y de Administración de la Diputación Regional de Cantabria,

DISPONGO

Artículo Primero Objeto:

La presente Orden tiene por objeto la concesión de subvenciones a Entidades Deportivas Cántabras para la promoción del deporte del remo, tanto en banco fijo como móvil, refiriéndose a la adquisición de material, tal como embarcaciones o útiles para las mismas.

Artículo Segundo Beneficiarios.

Podrán solicitar subvención, las federaciones, clubes, agrupaciones y demás entidades deportivas que promuevan actividades dirigidas a la práctica del deporte de remo, siempre que estén debidamente inscritas en el Registro de Entidades Deportivas.

Artículo Tercero Requisitos de la solicitud.

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.

Dichas solicitudes, que habrán de ir dirigidas al excelentísimo señor consejero de Cultura, Turismo y Deporte, se presentarán en la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, Pasaje de Peña, 2-1.ª planta (edificio Simeón), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes se realizarán conforme al modelo normalizado que se adjunta como anexo a esta Orden.

Todas la solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

3.1.- Programa de actividades.

3.2.- Presupuesto detallado de ingresos y gastos.

3.3.- Cuantía que se solicita.

3.4.- Número de usuarios o participantes por categorías, diferenciando entre banco fijo y móvil

3.5.- Inventario de embarcaciones en su poder, con años de antigüedad.

3.6.- Necesidades materiales.

3.7.- Otros datos de interés a juicio del solicitante.

3.8.- Fotocopia del N.I.F.

3.9.- Memoria de actividades realizadas en la última temporada

Sin perjuicio de lo aquí establecido, la Dirección General de Deporte podrá solicitar la documentación complementaria que estime oportuno.

La Dirección General de Deporte comprobará que las solicitudes han sido debidamente presentadas. De no ser así, requerirá al interesado para que en un plazo de 10 días subsane su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR