Orden 13/2001, de 2 de enero, por la que se regula la convocatoria y régimen jurídico de las subvenciones para la construcción y reparación de obras de instalaciones deportivas para el año 2001.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Los Presupuestos Generales del Gobierno de Cantabria exigen que las subvenciones concedidas con cargo a los mismos cumplan los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión. Asimismo, conforme establece el Estatuto de Autonomía en su artículo 24.21, la promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio es una materia competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.

En consecuencia, con el fin de alcanzar los objetivos señalados, se hace preciso regular el régimen de ayudas y subvenciones dotadas con las correspondientes partidas presupuestarias.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 34 de la Ley 2/1.997, de 28 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración de la Diputación Regional de Cantabria,

DISPONGO

Artículo Primero Objeto:

El objeto de la presente Orden es ayudar a las Entidades Locales en la financiación de la construcción y reparación de Instalaciones Deportivas.

Artículo segundo Beneficiarios:

Podrán optar a estas subvenciones las Entidades Locales pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo tercero Requisitos de la solicitud:
  1. - El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.

    Dichas solicitudes, que irán dirigidas al excelentísimo señor consejero de Cultura y Deporte, se presentarán en la Consejería de Cultura y Deporte, Pasaje de Peña, 2-1.ª planta (edificio Simeón), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Las solicitudes se realizarán conforme al modelo normalizado que se adjunta como anexo a la presente Orden.

  2. - Todas las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    2.1.- Proyecto o anteproyecto básico redactado por el técnico competente, al que deberá adjuntarse una memoria general que justifique la necesidad y conveniencia de ejecutar dicha obra , los plazos de ejecución, así como el presupuesto detallado de la obra y la aportación municipal para la realización de la misma.

    2.2.- Cantidad exacta que se solicita, que, en todo caso, deberá ser igual o inferior al 75% del presupuesto total de la obra.

    2.3.-Certificado acreditativo de la disponibilidad de los terrenos.

    2.4.- Número aproximado de usuarios.

    Sin perjuicio de lo aquí establecido, la Dirección General de Deporte podrá solicitar la documentación complementaria que estime oportuno.

    La Dirección General de Deporte comprobará que las solicitudes han sido debidamente presentadas, de no ser así, requerirá al interesado para que en un plazo de 10 día subsane su solicitud, de no hacerlo, se entenderá que desiste de la misma.

Artículo cuarto Criterios de Adjudicación:

Para la concesión de las subvenciones se valorará, por el orden de prelación en que figuran:

  1. Necesidad social y deportiva de la obra ¿ Hasta 50...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR