Orden 26/2002, de 2 de enero, por la que se regula la convocatoria y régimen jurídico de las subvenciones para entidades deportivas privadas (SAD).

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyOrden

Los Presupuestos Generales del Gobierno de Cantabria exigen que las subvenciones concedidas con cargo a los mismos cumplan los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión. Así mismo, conforme establece el Estatuto de Autonomía en su artículo 24.21, la promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio es una materia competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.

En consecuencia, con el fin de alcanzar los objetivos señalados, se hace preciso regular el régimen de ayudas y subvenciones dotadas con las correspondientes partidas presupuestarias.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 34 de la Ley 2/1997, de 28 de abril de Régimen Jurídico del Gobierno de Cantabria.

DISPONGO

Artículo Primero Objeto.

La presente Orden tiene como objeto colaborar al funcionamiento de las Sociedades Anónimas Deportivas que constituyen un referente y una meta para todos los deportistas cántabros.

Artículo Segundo Beneficiarios.

Podrán optar a estas subvenciones las Sociedades Anónimas Deportivas legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas que tengan su residencia en Cantabria.

Artículo Tercero Requisitos de la solicitud.
  1. - El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.

    Dichas solicitudes, que irán dirigidas al excelentísimo señor consejero de Cultura, Turismo y Deporte, se presentarán en la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte- Pasaje de Peña, 2-1ª Planta (Edificio Simeón), sin perjuicio de lo establecido en el Art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Las solicitudes se realizarán conforme al modelo normalizado que figura en el anexo de la presente Orden.

  2. - Todas las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    1. Objetivos a alcanzar

    2. Memoria justificativa de la necesidad.

    3. Número de equipos en categorías inferiores con especificación de las mismas y nombre de los equipos.

    4. Número de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria.

    La Dirección General de Deporte comprobará que las solicitudes han sido debidamente presentadas. De no ser así, requerirá al interesado para que en un plazo de 10 días subsane su solicitud, de no hacerlo se entenderá que desiste de la misma.

Artículo Cuarto Criterios de Adjudicación.

Para la concesión de las subvenciones se valorará :

  1. Repercusión social de la actividad y publicidad de Cantabria: Hasta 30 puntos.

  2. Calidad del programa a desarrollar y

    beneficiarios del mismo: Hasta 30 puntos.

  3. Promoción del Deporte base: Hasta 20 puntos.

  4. Facilidad de acceso...

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