Orden EDU/63/2005, de 26 de octubre de 2005, por la que se convocan subvenciones para los Ayuntamientos y las Asociaciones de Padres de Alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la continuación del Plan de apertura de centros en el curso 2005/2006.
Sección | 6 - Subvenciones y Ayudas |
Emisor | Consejeria de Educacion |
Rango de Ley | Orden |
El Estatuto de Autonomía de Cantabria en su artículo 28 asigna a esta Comunidad Autónoma la competencia del desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollan y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española y de la Alta Inspección para su cumplimiento y garantía.
El Real Decreto 2.671/1988, de 11 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de enseñanzas escolares confiere a ésta la realización de programas de experimentación e investigación en el ámbito de sus competencias.
El Decreto 7/1999, de 28 de enero, de asunción de funciones y servicios transferidos y su atribución a órganos de la Administración Autonómica, en su artículo 1º, acepta y asume las competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de enseñanzas escolares, las cuales se atribuyen a la Consejería de Educación en su artículo 2º.
El artículo 67 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, establece en su apartado 1 que los centros docentes dispondrán de la necesaria autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica para favorecer la mejora continua de la educación y, en el apartado 4 del mismo artículo, que las Administraciones educativas promoverán acuerdos o compromisos con los centros para el desarrollo de planes y actuaciones que comporten una mejora continua tanto de los procesos educativos como de los resultados.
El artículo 69 de la precitada Ley Orgánica, establece en su apartado 2 que las Administraciones locales podrán colaborar con los centros educativos para impulsar las actividades extraescolares y promover la relación entre la programación de los centros y el entorno en el que estos desarrollan su labor.
Es voluntad de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria promover la calidad educativa a través de proyectos encaminados a provocar el cambio y mejora tanto de las prácticas educativas como de las estructuras organizativas de los centros. Proyectos que persiguen el desarrollo de las capacidades colectivas, a través del trabajo colaborativo y la toma de decisiones conjuntas, y la facilitación de las condiciones estructurales y organizativas para que la institución escolar pueda decidir, de manera autónoma y competente, las transformaciones que requiere la atención a las necesidades que surgen en la comunidad, sin perder de vista sus finalidades educativas.
A ello va encaminada la puesta en marcha de los Proyectos de Innovación Pedagógica y Organizativa. La experimentación de los mismos puede exigir a todos (administración, profesorado y comunidad educativa) un esfuerzo importante pero, a cambio, también puede aportar una experiencia relevante, tanto de desarrollo profesional como de aprendizaje colectivo, a todas las personas en ellos implicadas.
Con esta convocatoria se quiere impulsar el desarrollo de proyectos que, iniciados en el curso 2004/2005, se continúen en el curso 2005/2006 permitiendo integrar, en los centros educativos, la actividad curricular y la extracurricular mediante actuaciones que pongan los servicios de que dispone la comunidad a disposición de los centros, a la vez que estos los integran en su red de recursos e infraestructuras educativos, tanto dentro como fuera de su horario lectivo, y ello con la colaboración de los Ayuntamientos y Asociaciones de Padres de Alumnos respectivos.
Se pretende conseguir, pues, no sólo fomentar la participación de la comunidad en la educación y potenciar la formación integral del alumnado, sino también contribuir a la conciliación de la vida social y familiar mediante la prestación de servicios y la ordenación, regulación y realización de actividades complementarias y extraescolares en los centros docentes; todo ello con la finalidad de atender mejor al alumnado y fortalecer el proceso formativo de los niños y niñas de Cantabria en edad escolar.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de...
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