Orden PRE/15/2006, de 22 de marzo, por la que se aprueban las bases y se convocan pruebas selectivas para la adquisición de la condición de funcionario de carrera del personal laboral fijo perteneciente a la categoría profesional de 'Técnico Superior Especialista', en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 128/2005, de 20 de octubre.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Prsidencia, Ordenacion del Territorio y Urbanismo
Rango de LeyOrden

CONVOCATORIA 2006/1

El Decreto 128/2005, de 20 de octubre, establece el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario de carrera del personal laboral fijo incluido en el ámbito de aplicación del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.

Por Resolución del Consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo de 24 de enero de 2006 (B.O.C. número 26, de 7 de febrero) se hicieron públicas la relación de aspirantes susceptibles de funcionarización así como el Cuerpo en el que se integrarían y la relación de los puestos de trabajo objeto de funcionarización.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 5 del mencionado Decreto 128/2005, de 20 de octubre, donde se prevé la convocatoria de pruebas selectivas, y en uso de la competencia atribuida por el articulo 13.2.c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública.

DISPONE

Convocar el proceso selectivo para la adquisición de la condición de funcionario de carrera del personal laboral fijo perteneciente a la categoría profesional de "Técnico Superior Especialista".

Esta convocatoria se ajustará a las siguientes:

BASES

  1. - Requisitos de participación.

    Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los interesados deberán pertenecer a la categoría profesional "Técnico Superior Especialista", estar incluidos en la relación de aspirantes susceptibles de funcionarización y poseer la titulación académica de Doctor, Licenciado con especialidad académica que corresponda para el desempeño del puesto.

  2. - Presentación de solicitudes y documentación.

    2.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud que se ajustará al modelo normalizado que se publica como Anexo I a la presente Orden.

    2.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Cantabria".

    2.3.- A la solicitud se acompañará una fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad el cual habrá de encontrase en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o acompañarse del resguardo acreditativo de la solicitud de su renovación, y acreditación fehaciente de estar en posesión de la titulación requerida o en situación de obtenerla en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, siempre que tal documentación no conste ya en el expediente personal del interesado, circunstancia que deberá hacerse constar en la solicitud.

    2.4.- Las solicitudes irán dirigidas al Excelentísimo Sr. Consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, y se presentarán en los citados Registros, en cualesquiera de los lugares y medios señalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre).

  3. - Admisión de aspirantes.

    3.1.- Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el "Boletín Oficial de Cantabria" Resolución del Consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos y, en su caso, excluidos, debiendo especificarse en éste último supuesto la causa o causas de exclusión, así como el plazo de subsanación, si procede. Dicha relación se podrá consultar en la dirección de internet del Gobierno de Cantabria: http:// www. cantabria.es.

    3.2.- En el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del plazo para alegaciones, se publicará en el "Boletín Oficial de Cantabria" y se podrá consultar en la dirección de internet del Gobierno de Cantabria...

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