Orden REL/11/2007, de 11 de abril, por la que se regula la convocatoria y régimen jurídico de concesión de subvenciones para la prestación de servicios municipales y desarrollo de políticas de promoción local a través de Mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y ASUNTOS EUROPEOS

Orden REL/11/2007, de 11 de abril, por la que se regula la convocatoria y régimen jurídico de concesión de subvenciones para la prestación de servicios municipales y desarrollo de políticas de promoción local a través de Mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El artículo 44 apartado 1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, reconoce a los municipios el derecho a asociarse en Mancomunidades para la ejecución en común de obras y servicios de su competencia, reconociendo a estas Entidades Locales, la personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines.

El Plan de Gobernanza aprobado por el Gobierno de Cantabria, tiene entre otros objetivos, el de impulsar la creación de estructuras supramunicipales, como espacios que permitan prestar, de forma compartida a grupos de municipios, determinados servicios con mayor eficiencia y calidad para los ciudadanos. Así en Cantabria, existen más de una veintena de Mancomunidades constituidas con diversos fines, por lo que desde la Consejería de Relaciones Instituciones y Asuntos Europeos se considera un objetivo prioritario apoyar económicamente la constitución y el desarrollo de estas entidades supramunicipales.

Esta asistencia financiera tiene como fundamento el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local que establece que, la Diputación Provincial debe prestar asistencia, colaboración jurídica, económica y técnica a los municipios, competencia que asume la Comunidad Autónoma de Cantabria conforme a lo dispuesto en el artículo 32 del Estatuto de Autonomía y al artículo 40 de la citada Ley de Bases.

Competencias que, entre otras, tiene asignada la Dirección General de Administración Local, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 87/2003, de 14 de julio, por el que se crea la Dirección General de Administración Local y el Decreto 39/2006, de 20 de abril, de estructura orgánica y de modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos.

Por todo ello, en el marco de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y en uso de las atribuciones conferidas en esta Ley y en el artículo 33f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad.

Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para asistir financieramente, los gastos que realicen las Mancomunidades destinados a prestar servicios municipales así como al desarrollo de políticas de promoción local.

Artículo 2 Financiación.

El importe de las ayudas convocadas se financiará con cargo a la partida presupuestaria 2007.03.03.458A.461, por un importe máximo de un millón de euros (1.000.000 euros).

Artículo 3 Beneficiarios.
  1. Podrán acogerse a estas ayudas las Mancomunidades legalmente constituidas, integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a Cantabria y que cuenten con un mínimo de tres municipios.

  2. No podrán obtener la condición de beneficiario las Mancomunidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Artículo 4 Gastos subvencionables.
  1. Las subvenciones que se otorguen deberán destinarse a financiar los gastos corrientes en que incurran las Mancomunidades en la prestación de los servicios municipales, mantenimiento de la organización administrativa así como en el desarrollo de políticas de promoción local.

  2. El ámbito temporal de estas ayudas es el ejercicio económico de 2007, debiendo realizar el gasto dentro del año.

  3. Esta subvención será compatible con otras ayudas públicas con los límites previstos en la Ley 10/2006, de 17 de julio, Ley de Subvenciones de Cantabria.

  4. Únicamente se...

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