Decreto 145/2011, de 11 de agosto, por el que se modifica el Decreto 163/2003, de 18 de septiembre, por el que se regula la composición y el funcionamiento de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, establece una nueva distribución orgánica delas competencias autonómicas, llevando a cabo una reestructuración de las distintas Consejerías. Como consecuencia de ello, corresponden a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenacióndel Territorio y Urbanismo las competencias y estructuras que, en materias de ordenacióndel territorio y urbanismo, se atribuían a la anteriormente denominada Consejería de ObrasPúblicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo. A la vista de ello, se hace precisomodificar parcialmente la composición de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio yUrbanismo, regulada por el Decreto 163/2003, de 18 de septiembre, con el fin de adecuarla aesa nueva estructura orgánica.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 deagosto de 2011,

DISPONGO

Artículo único Modificación del Decreto 163/2003, de 18 de septiembre, por el que se regula la composición y el funcionamiento de la Comisión Regional de Ordenación del Territorioy Urbanismo.

El Decreto 163/2003, de 18 de septiembre, por el que se regula la composición y el funcionamiento de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, queda modificadocomo sigue:

Uno. El apartado 1 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

Artículo 1. La Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, órgano colegiado adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, es elórgano consultivo y de gestión en las materias de Ordenación del Territorio y Urbanismo en elámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Dos. El artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

Artículo 3. Composición del Pleno.

1. El Pleno de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo estará integrado por los siguientes miembros:

a) Presidente: El consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo.

b) Vicepresidente 1º: El director general de Urbanismo.

c) Vicepresidente 2º: El director general de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística.

d) Un representante de cada una de las Consejerías que a continuación se enumeran y quedeberá ostentar la condición de alto cargo o asimilado: 1ª Presidencia y Justicia. 2ª Obras

CVE-2011-11318

Públicas y Vivienda. 3ª Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo. 4ª Innovación, Industria, Turismo y Comercio. 5ª Educación, Cultura y Deporte. 6ª Ganadería, Pesca yDesarrollo Rural.

e) Un representante de cada uno de los siguientes Colegios Profesionales de Cantabria, ensu condición de Corporaciones de Derecho Público, designados por los mismos: 1º Colegio deIngenieros de Caminos, Canales y Puertos. 2º Colegio de Arquitectos. 3º Colegio de...

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