Decreto 66/2004, de 8 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Juego del Bingo, aprobado por Decreto 122/1999, de 4 de noviembre, modificado por los Decretos 65/2002, de 6 de junio y 9/2003, de 6 de febrero; el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 123/1999, de 11 de noviembre, modificado por los Decretos ...

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley de Cantabria 4/1998, de 2 de marzo, del Juego, aprobada en el ejercicio de las competencias exclusivas atribuidas a la Comunidad Autónoma por el artículo 24.25 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, fue desarrollada, al amparo de su disposición final primera, por los Decretos 122/1999, de 4 de noviembre, 123/1999, de 11 de noviembre y 129/1999, de 17 de noviembre, que respectivamente aprobaron el Reglamento del Juego de Bingo, el de Máquinas Recreativas y de Azar, y el Catálogo de Juegos, a su vez modificados por los Decretos mencionados.

Desde la consideración del sector del Juego como un ámbito socioeconómico muy dinámico, y expuesto a un abanico amplio de factores, como son el avance de la tecnología, las demandas delpropio sector, así como las necesidades que se van detectando en la práctica cotidiana, resulta necesario una nueva modificación de los textos normativos que regulan la materia.

En ese sentido, a través del presente Decreto, en cuanto a la regulación del Juego del Bingo, entre las modificaciones llevadas a cabo merecen destacar la sustitución de la modalidad de «Bingo Acumulado» por la de «Prima de Bingo», la modificación del porcentaje de distribución de premios y el establecimiento de un período de conservación de las actas de las partidas.

Por lo que se refiere a la normativa de máquinas recreativas, se modifica la documentación a conservar en el local, y se suprime la obligación de presentar el justificante del pago del I.A.E. que se acompañaba a la solicitud de autorización de instalación de máquinas de tipo «B», en bares, cafeterías y bares-restaurantes.

En su virtud, cumplidos los trámites establecidos en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, previo informe de la Comisión Regional de Juego, a propuesta del Consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Gobierno de Cantabria, en su reunión del día 8 de julio de 2004,

DISPONGO

Artículo 1

En el Reglamento del Juego del Bingo, aprobado por el Decreto 122/1999, de 4 de noviembre, la Disposición Adicional Primera pasa a denominarse Disposición Adicional, se deroga la Disposición Adicional Segunda y se modifican los artículos 21.2 y 26.1, que quedan como sigue:

Artículo 21 Puestos de trabajo
  1. - Vendedor-locutor.

Realizará la venta directa de los cartones y la recaudación de su importe, que entregará junto con los cartones sobrantes al Cajero. En su turno de locutor, pondrá en...

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