Orden MED/14/2010, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases generales y se convoca una beca de formación práctica abierta a titulados en Ciencias Ambientales, Biología, Ingeniero Químico, Licenciado en Ciencias Químicas, Ingeniero Técnico Industrial, especialidad Química Industrial, en la Consejería de Medio Ambiente.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La creciente importancia de las cuestiones ambientales en la sociedad contemporánea, eldesarrollo y cumplimiento de nuevas normativas en este campo, tanto de ámbito europeo,como en el nacional y autonómico, así como la necesidad de su implementación en la gestiónambiental, incluidas las labores de inspección y control, unidos al conocimiento de los procesosque inciden sobre el entorno, exigen de la Administración competente en la materia, contarcon profesionales cualificados y especializados.

La Consejería de Medio Ambiente, a través de su Dirección General de Obras Hidráulicas yCiclo Integral del Agua tiene, entre sus cometidos, la Planificación sobre la Gestión Integral delciclo del agua, dentro de las competencias propias, en las que destacan de forma sucinta losServicios relativos a la Gestión e Inspección de los Proyectos y de las Obras relacionadas con elCiclo Integral del Agua, la Gestión del suministro de agua potable en alta a los distintos Ayuntamientos integrados en los Planes Hidráulicos Regionales, la alta Inspección de los sistemasgenerales de saneamiento de titularidad autonómica, las competencias dimanantes del Decreto18/2009, de 12 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de AguasResiduales de Cantabria, así como las competencias sobre la inspección, control, limitación ytramitación de autorizaciones de vertidos en el dominio público marítimo-terrestre reguladaspor el Decreto 47/2009, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Vertidos desdeTierra al Litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria,. Es de interés para el Gobierno deCantabria en general y para esta Consejería de Medio Ambiente, en particular, el fomento de laformación y la realización de prácticas orientadas a la inserción en el mundo profesional de lostitulados, que permitan proporcionar expertos especialistas conocedores de los problemas ynecesidades propias de un sector tan esencial, como es la Planificación Hidráulica y la Gestióndel Ciclo Integral del Agua, para el desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Con este fin y con el de contribuir a la mejor formación de los jóvenes titulados en CienciasAmbientales, Biología, Ingeniero Químico, Licenciado en Ciencias Químicas, Ingeniero TécnicoIndustrial, especialidad Química Industrial, la Consejería de Medio Ambiente pretende impulsar un programa estable de becas de formación en estas materias. Conforme a lo que establece el artículo 33 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen jurídico delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Convocar el presente concurso con la finalidad de adjudicar una beca de formación para jóvenes titulados en cualquiera de las siguientes especialidades: Ciencias Ambientales, Biología,Ingeniero Químico, Licenciado en Ciencias Químicas, Ingeniero Técnico Industrial, especialidadQuímica Industrial, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Objeto.

  1. - La presente Orden tiene por objeto la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de una beca de formación para un titulado en cualquiera de las siguientes especialidades: Ciencias Ambientales, Biología, Ingeniero Químico, Licenciado en Ciencias Químicas,Ingeniero Técnico Industrial, especialidad Química Industrial.

    CVE-2010-19186

    La concesión de la beca, dado su carácter formativo y de especialización, no supondrá vinculación funcionarial, laboral o contractual alguna entre el becario y la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria, ni constituirá mérito alguno para el acceso a la condiciónde funcionario de carrera, interino o personal laboral de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria; no dando lugar a la inclusión del becario en ninguno de los regímenesde la Seguridad Social.

  2. - Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad de la Consejería de MedioAmbiente, no pudiendo ser difundidos en forma alguna por el becario salvo que existiera previaautorización expresa de la Consejería de Medio Ambiente.

    Segunda.- Dotación económica. Financiación.

  3. - La cuantía de la beca será de un importe de 1.100 euros mensuales en el caso de que lapersona seleccionada posea la titulación de Ciencias Ambientales, Biología, Ingeniero Químico,Licenciado en Ciencias Químicas, o de 1.000 euros mensuales, se tratara de persona con latitulación de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad Química Industrial, importe que se percibirá a mes vencido, previo informe del tutor acreditativo de la asistencia efectiva del becario.Dicho importe mensual será igualmente de aplicación caso de que sea acordada la prórroga dela beca, con independencia de la variación porcentual, positiva o negativa, que experimentareel Índice de Precios al Consumo durante el periodo inicial de vigencia de la misma.

  4. - En la referida cuantía se entiende comprendida la compensación económica correspondiente a los desplazamientos que hubiere de realizar el becario, sea en vehículo particular o enotro medio de transporte, con motivo de las actividades requeridas por la formación a recibir.

  5. - En aquellos meses en que el comienzo o finalización del periodo de disfrute de la becano coincidiera con el primer o último día del mes, el beneficiario de la beca percibirá la parteproporcional que corresponda al periodo de vigencia de la beca.

  6. - En aquellos supuestos en que se produzca la inasistencia del becario durante una o varias jornadas, sin existir causa justificada, se deberá descontar del importe mensual el importecorrespondiente a las jornadas de incomparecencia, sin perjuicio de que ello pueda constituiradicionalmente causa de resolución de la beca.

  7. - La financiación del gasto que supone la presente convocatoria se realizara con cargo ala aplicación presupuestaria 07.00.451M.481 de los Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Cantabria.

    Tercera.- Requisitos de las personas beneficiarias. Incompatibilidades.

  8. - Podrán acceder a la presente beca las personas que reúnan todos y cada uno de lossiguientes requisitos, a la fecha de finalización del plazo de solicitud:

    1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

    2. Ser nacido en la Comunidad Autónoma de Cantabria o residente en la...

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