Orden EDU/18/2006, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el desarrollo del programa Agenda 21 Escolar por parte de los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que imparten Educación Primaria, Educación Secundaria y/o Formación Profesional.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Educación para la Sostenibilidad aparece, cada vez más, unida a la idea de desarrollo sostenible. Desde la publicación en 1987 de "Nuestro Futuro Común", documento elaborado por la Comisión Mundial para el Desarrollo y el Medio Ambiente, el desarrollo sostenible se entiende como «el desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades».

La Orden EDU 51/2005, de 31 de agosto, por la que se establece el Plan de Educación para la Sostenibilidad en el Sistema Educativo de Cantabria define en su preámbulo el carácter transversal, integrador e interdisciplinar de la educación para la sostenibilidad, incidiendo en que esta educación es responsabilidad de todo el profesorado y, por extensión, de toda la comunidad educativa.

La educación para la sostenibilidad trata de desarrollar diversas estrategias para la resolución de problemas ambientales, sociales, económicos y culturales, la clarificación de valores y la participación en acciones de mejora en el seno de la comunidad. Es igualmente fundamental para adquirir conciencia, valores y actitudes, técnicas y comportamientos ecológicos y éticos en consonancia con el desarrollo sostenible, que favorezcan la participación pública efectiva en el proceso de adopción de decisiones.

En consecuencia, educar para la sostenibilidad ha de ser una de las finalidades o intenciones educativas que incluya el Proyecto Educativo del Centro, como un compromiso de toda la comunidad educativa por la innovación y la mejora de la educación, con el fin de transformar el entorno y ayudar a construir una sociedad sostenible.

Asimismo, la Consejería de Educación, consciente de la existencia en Cantabria de numerosas iniciativas relacionadas con la educación para la sostenibilidad, considera particularmente importante la participación de los centros educativos en la Agenda 21 Escolar, entendida como un compromiso de la comunidad educativa para trabajar en la calidad ambiental y la sostenibilidad del centro educativo y de su entorno. Para ello se hace necesario:

- Revisar los planteamientos y las prácticas educativas.

- Adquirir un compromiso de mejora en relación a problemas socioambientales.

- Experimentar e imaginar estrategias para vivir de acuerdo a los principios de la sostenibilidad.

- La participación de todos los miembros de la comunidad educativa en los distintos foros.

En este sentido, la presente convocatoria pretende promover y consolidar iniciativas relacionadas con la educación para la sostenibilidad, así como favorecer el descubrimiento y valoración del patrimonio natural, social y cultural de Cantabria, analizar la huella ecológica humana, adquirir conocimientos, hábitos y conductas que conduzcan al cuidado y mejora del entorno medioambiental, mediante el análisis de los problemas derivados de la relación del ser humano con el medio, y participar en actividades que promuevan la reflexión, el compromiso y la actuación responsable hacia el entorno.

Por ello, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley de Cantabria 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2006 y en artículo 33f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad de la convocatoria
  1. - La presente convocatoria tiene por objeto seleccionar y subvencionar, mediante el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, los proyectos presentados por los centros privados concertados que imparten Educación Primaria, Educación Secundaria y/o Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el desarrollo del Programa Agenda 21 Escolar, dentro del Plan de Educación para las Sostenibilidad en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dichos proyectos serán desarrollados por los centros subvencionados durante los cursos 2005-2006, 2006-2007 y 2007-2008 (desde el 1 de enero de 2006 hasta el 30 de junio de 2008).

  2. - El Programa Agenda 21 Escolar que desarrollen los centros educativos se adecuará a lo establecido en el artículo 6 de la Orden EDU 51/2005, de 31 de agosto, por la que se establece el Plan de Educación para la Sostenibilidad, en el Sistema Educativo de Cantabria.

  3. - No se incluirán en esta convocatoria aquellos proyectos que sean objeto de subvención a través de otras órdenes de ésta u otras Consejerías, ni se subvencionarán gastos de inversiones en infraestructura, equipamiento o gastos generales de funcionamiento de los centros solicitantes, sino que se subvencionarán exclusivamente los gastos inherentes al propio proyecto.

Artículo 2 Destinatarios de la convocatoria
  1. - Podrán participar en la presente convocatoria los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria que impartan Educación Primaria, Educación Secundaria y/o Formación Profesional.

  2. - No podrán tener la condición de beneficiarios aquellos centros incursos en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 3 Solicitudes: forma, lugar y plazo de presentación
  1. - Las solicitudes de participación, que serán únicas por cada centro, se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.

  2. - La solicitud, firmada por el director/a del centro, irá dirigida a la Excma. Señora Consejera de Educación de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y se presentará en el registro de la Consejería de Educación, calle Vargas, 53 - 7ª planta, 39010 - Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, cumplimentando el modelo normalizado que figura en el Anexo I de la presente Orden.

  3. - La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

    - Proyecto de trabajo...

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