Orden SAN/11/2007, de 14 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a financiar actividades de apoyo a los programas de Prevención y Control del sida, para el año 2007.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Sanidad y Servicios Sociales
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

Orden SAN/11/2007, de 14 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a financiar actividades de apoyo a los programas de Prevención y Control del sida, para el año 2007.

El artículo 6 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, obliga a las Administraciones Públicas a orientar sus acciones en aras de la promoción de la salud, así como a la rehabilitación funcional y reinserción social del paciente. En este sentido, el artículo 25.3 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, determina entre sus competencias de desarrollo legislativo y ejecución, la Sanidad e Higiene, en el marco de la legislación básica del Estado.

La consecución del objetivo señalado, aconseja establecer el marco normativo de una convocatoria de subvenciones que contribuya a financiar programas relativos a la información, prevención, control y atención de enfermos afectados por el SIDA, dentro de las directrices establecidas en el Plan Nacional sobre el SIDA, por el Plan Regional del SIDA en Cantabria.

A tal fin, el Gobierno de Cantabria ha incluido en sus Presupuestos las dotaciones necesarias para subvencionar las actividades de aquellas personas físicas o jurídicas que persigan tales objetivos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 33 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las normas por las que han de regirse la adjudicación y concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, destinadas a contribuir a la financiación de gastos corrientes y de personal realizados por personas físicas o jurídicas, en el desarrollo de actividades de apoyo a los programas de prevención y control del SIDA de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para el año 2007.

Artículo 2 Financiación.
  1. La cuantía máxima total de las subvenciones es de 44.863 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria 10.03.313A.487, quedando la financiación condicionada a la aprobación de la aplicación presupuestaria referida en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2007, así como la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Artículo 3 Requisitos para obtener la condición de beneficiarios.
  1. Serán susceptibles de obtener las subvenciones reguladas por esta Orden, las personas físicas o Instituciones, Asociaciones y otras Entidades legalmente reconocidas, que cumplan los siguientes requisitos:

    1.1.Los programas objeto de subvención se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    1.2. Carezcan de ánimo de lucro.

    1.3. Tengan prevista la realización de actividades de apoyo a los planes de salud pública de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para el año 2007.

  2. No podrán obtener la condición de beneficiarios, aquellas personas físicas o jurídicas incursas en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 4 Áreas prioritarias de actuación.

Tendrán prioridad las actividades o proyectos que desarrollen los siguientes contenidos:

  1. Estrategias de intervención para la prevención de la infección en usuarios de drogas por vía parenteral, población homosexual, trabajadores y trabajadoras del sexo, presos y presas, jóvenes, parejas sexuales de personas infectadas por el VIH, e inmigrantes.

  2. Programas de prevención que favorezcan el diagnóstico de la infección por VIH mediante la promoción, difusión y accesibilidad de la prueba del VIH.

  3. Proyectos de carácter innovador que contribuyan a dar nuevas respuestas a las necesidades de prevención, a la mejora de la calidad de vida y a la integración social de las personas afectadas por el VIH-SIDA.

  4. Programas de ayuda a domicilio.

Artículo 5 Solicitud y documentación requerida.
  1. Para formular la solicitud de las ayudas económicas los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

    1.1. Solicitud de subvención dirigida a la Excelentísima Señora Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, de acuerdo al modelo de instancia que figura en el Anexo I de esta Orden, firmada por el solicitante, y en el caso de las personas jurídicas, por quien ostente la representación de la misma o poder suficiente para ello.

    1.2. En el caso de solicitud por parte de persona jurídica, se deberá acompañar a la misma:

    1.2.1. Copia compulsada del acuerdo de la junta rectora por el que se decidió la solicitud de la subvención.

    1.2.2. Copia autorizada o compulsada de los Estatutos, en los que deberá constar el ámbito de la entidad así como la inexistencia de ánimo de lucro en los fines de la entidad.

    1.2.3. Copia compulsada del documento acreditativo de que la entidad está legalmente establecida.

    1.3. Condiciones de solvencia del solicitante, que se acreditarán a través de:

    - Memoria de la actividad a realizar con su desarrollo...

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