Decreto 174/2011, de 22 de diciembre, por el que se actualizan los límites del Plan de Ordenación del Litoral como consecuencia de la aprobación del PORN del Parque Natural de Oyambre.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Visto el expediente relativo a la actualización de los límites del Plan de Ordenación del Litoral como consecuencia de la aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales delParque Natural de Oyambre.

Resultando, que el Ayuntamiento de Val de San Vicente presentó solicitud de inicio del procedimiento para la actualización del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral (POL), al amparode lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del Plande Ordenación del Litoral, con motivo de la aprobación del Plan de Ordenación de los RecursosNaturales (PORN) del Parque Natural de Oyambre.

De esta forma, se procedió por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de 14 de abril de 2011 a zonificar los terrenos afectados por la aprobacióndel PORN del Parque Natural de Oyambre, conforme al informe del Servicio de Planificación yOrdenación Territorial.

Resultando, que las categorías propuestas de los terrenos que se incluyen en el ámbito delPOL son, por municipios, las siguientes:

  1. Val de San Vicente: Protección Litoral (PL), Protección Ecológica (PE), y Modelo Tradicional (MT).

  2. San Vicente de la Barquera: Área No Litoral (NL).

  3. Valdáliga: Modelo Tradicional (MT) y Área No Litoral (NL).

  4. Comillas: Modelo Tradicional (MT) y Área de Interés Paisajístico (AIP).

Resultando, que sometido el expediente al preceptivo trámite de información pública mediante la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria de 18 demayo de 2011, no se formula ninguna alegación, en tanto que la Dirección General de MedioAmbiente emite Resolución de 28 de septiembre de 2011 (publicada en el BOC de 19 de octubre), por la que se declara que el expediente de actualización no tiene efectos significativossobre el medio ambiente, por lo que no debe ser objeto de evaluación ambiental.

Todo ello motivó, de conformidad con el nuevo informe emitido en fecha 19 de octubre de2011 por el Servicio de Planificación y Ordenación Territorial, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística, el acuerdo de la Comisión Regional deOrdenación del...

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