Orden IND/14/2010, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y aprueba para el curso 2010-2011 la convocatoria de subvenciones para el fomento del transporte público regular de estudiantes universitarios.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Industria y Desarrollo Tecnológico
Rango de LeyOrden

Orden IND/14/2010, de 22 de septiembre, por la que se establecenlas bases reguladoras y aprueba para el curso 2010-2011 la convocatoria de subvenciones para el fomento del transporte público regularde estudiantes universitarios.

La Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico, a través de la Dirección General deTransportes y Comunicaciones tiene entre sus objetivos la consolidación de una red de transporte eficiente y de calidad capaz de responder a las demandas de movilidad de los diferentessectores de actividad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, dispone quela Administración, cuando existan motivos sociales que lo justifiquen, podrá imponer a lasempresas titulares de servicios regulares obligaciones de servicio público, consistentes enreducciones o bonificaciones tarifarias, debiendo compensar a las empresas del coste de laobligación.

Haciéndose necesario dar una respuesta al colectivo universitario, paliando los costes económicos que deben soportar las familias de los estudiantes no residentes en el área de influencia de los centros educativos, así como fomentar el uso del transporte público entre lapoblación más joven de Cantabria, como modo más seguro y más barato desde el punto devista social y medioambiental, se hace preciso instrumentar una línea de ayudas para fomentarel uso del transporte público entre la población universitaria de Cantabria. En su virtud,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar para el curso 2010-2011 la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las empresasdedicadas a atender servicios regulares de transporte público de viajeros por carretera de usogeneral y permanente, como compensación a las reducciones tarifarias para los estudiantesuniversitarios de Cantabria, según las condiciones que se detallan en los artículos siguientes.

Artículo 2 Financiación.

La convocatoria tendrá carácter plurianual, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas, y su pago se realizará en tres fases:

La primera fase, correspondiente al primer periodo establecido en esta orden del curso2010/2011, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 12.5.453C.471 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2010, con un límitede 120.000 euros de la citada partida.

La financiación de la segunda fase y tercera fase, correspondientes al segundo y tercerperiodo establecidos en esta orden del curso 2010/2011, se financiará con cargo a la partidacorrespondiente de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para2011, con un límite de 180.000 euros de la citada partida.

Artículo 3 Naturaleza de las ayudas.

Las aportaciones económicas de la Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido como compensación a las deducciones

tarifarias establecidas en virtud de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Artículo 4 Régimen jurídico.

Las normas contenidas en la presente orden constituyen el marco de actuación y el régimenjurídico aplicable a las subvenciones a empresas concesionarias de servicios públicos regularesde transporte de viajeros por carretera de uso general y permanente, en compensación delas reducciones tarifarias aplicadas a alumnos de la Universidad de Cantabria que utilicen eltransporte público, estableciendo las condiciones que deben cumplir los alumnos para poderacceder a las reducciones citadas.

Artículo 5 Reducciones tarifarias y condiciones para acceder a las mismas.

Podrán beneficiarse de un descuento del 40 % sobre el precio del billete o bono de transporte en autobús de línea regular los alumnos matriculados en la Universidad de Cantabriadurante el curso 2010/2011 que cumplan las siguientes condiciones:

- Estar empadronados y domiciliados en Cantabria.

- Estar en posesión del Carné Universitario de Transporte de Cantabria (UNIBUS) queemite la Dirección General de Juventud entre el 1 y el 31 de octubre de 2010, en el que serefleja el curso académico en el que está matriculado el alumno, su DNI y lugar de residencia,así como el trayecto de transporte para el que se pretende solicitar el descuento.

- Sólo se podrá hacer los descuentos objeto de la presente orden en los trayectos cuyobillete ordinario tenga un precio máximo superior a 1,35 euros, no pudiendo acogerse a lareducción tarifaria trayectos con billete de igual o inferior precio.

- El alumno tiene derecho a un máximo de 280 viajes, con el descuento del 40 % establecido durante el curso 2010/2011. A la hora de computar los bonos de carácter mensual losmismos equivaldrán a 48 viajes sencillos.

- El alumno provisto de carné universitario de transporte debe adquirir, la primera vez queacceda al descuento, bonos o tarjetas de la empresa transportista que contengan un número deviajes que no podrá ser inferior a 20, siendo el número máximo determinado por las condiciones que permita el sistema de venta de la empresa transportista. Se aceptará la adquisición debonos de carácter temporal siempre que los mismos supongan un periodo de al menos un mes.

- La primera adquisición de viajes bonificados deberá realizarse como fecha límite el 1 de noviembre de 2010. En caso contrario el alumno perderá su derecho a los descuentos establecidos.

Las adquisiciones de bonos o recargas posteriores (en caso de tarjeta) sujetos a descuentoserán de al menos de 10 viajes, sin que en ningún caso pueda superarse en el total del máximode 280 viajes con descuento tarifario por alumno.

- La fecha límite para efectuar la última adquisición de billetes sujetos a descuento finalizará el 1 de mayo de 2011.

- Los bonos adquiridos con la tarjeta UNIBUS serán válidos únicamente hasta el 30 de septiembre de 2011, sin que el alumno que...

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