Decreto 116/2001, de 6 de diciembre, por el que se establece el régimen de suplencias de los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Establecido en el artÌculo 103.1 del texto constitucional que la AdministraciÛn est· al servicio del interÈs general, considerando que la consecuciÛn de Èste no puede verse afectada por las vacantes, ausencias o enfermedades de los titulares de los Ûrganos directivos, en aras de una actuaciÛn administrativa que respete los principios enunciados en el artÌculo 40.2 de la Ley de Cantabria 2/1997, de 28 de abril, de RÈgimen JurÌdico del Gobierno y de la AdministraciÛn del Gobierno de Cantabria, y asumidas en fecha reciente competencias en materia de turismo, se hace necesario regular el rÈgimen de suplencias de los titulares de los Ûrganos directivos de la ConsejerÌa de Cultura Turismo y Deporte

A tal efecto, en aplicaciÛn de lo dispuesto en los artÌculos 59, 11.h) y 19.g) de la Ley de Cantabria 2/1997, de 28 de abril, de RÈgimen JurÌdico del Gobierno y de la AdministraciÛn del Gobierno de Cantabria, a propuesta del consejero de Cultura y Deporte y previa deliberaciÛn del Consejo de Gobierno en su reuniÛn de fecha 6 de diciembre de 2001,

DISPONGO

ArtÌculo primero

En caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de uno de los Ûrganos directivos de la ConsejerÌa de Cultura Turismo y Deporte, se aplicar· el siguiente rÈgimen de suplencias:

øLos directores generales ser·n suplidos por el secretario general.

øEl secretario general ser· suplido por el director general de Cultura.

ArtÌculo segundo

En el supuesto de vacante, ausencia o enfermedad tanto titular del Ûrgano, como de quien conforme al artÌculo anterior, asuma sus funciones, el rÈgimen de suplencia ser· el siguiente:

øEl director general de Cultura ser· suplido por el director general de Turismo y, en ausencia de Èste, por el director general de Deporte.

øEl director general de Turismo ser· suplido por el director general de Deporte.

øEl director general de Deportes ser· suplido por el director general de Turismo.

DISPOSICI”N DEROGATORIA

Se deroga el Decreto 89/1997, por el que se establece el rÈgimen de suplencias de los titulares de los Ûrganos directivos de la ConsejerÌa de Cultura y Deporte.

DISPOSICI”N FINAL

El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR