Orden PRE/25/2010, de 5 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, en el Cuerpo Facultativo Superior, especialidad Licenciado en Farmacia, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Convocatoria 2010/06.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejer
Rango de LeyOrden

CONVOCATORIA 2010/06

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 demarzo, de Función Pública ("Boletín Oficial de Cantabria" extraordinario número 4, de 1 de abrilde 1993) y demás normas concordantes que sean de aplicación, se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, en el Cuerpo Facultativo Superior, especialidad Licenciado en Farmacia, de la Administración de la Comunidad Autónoma deCantabria, de conformidad con las siguientes normas:

  1. - Plazas convocadas

    1.1- Se convocan para su cobertura por funcionarios de carrera de nuevo ingreso un totalde dos (2) plazas pertenecientes al Cuerpo Facultativo Superior, especialidad Licenciado enFarmacia, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Subgrupo de Clasificación "A1", correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2010.

    1.2.- Asimismo, y conforme prevé el artículo 67.1 de la citada Ley de Cantabria 4/1993, de10 de marzo, se reserva un 50% (1) de las plazas convocadas para su cobertura por el turnode promoción interna. Todas aquellas plazas que no se cubran por este turno se incorporaránal turno libre.

  2. - Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en laOrden PRE/19/2010, de 2 de julio, de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicada en elBoletín Oficial de Cantabria extraordinario número 15, de 9 de julio de 2010.

  3. - Presentación de solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud enel correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en el Registro Generalde la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29,39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados, y que se ajustaráal modelo normalizado que se publica como Anexo a la Orden reguladora de las bases comunes. También se podrá tener acceso al citado impreso a través de la página web del Gobiernode Cantabria www.gobcantabria.es en el apartado "Oferta Pública de Empleo" o dentro delapartado "OPEC@N".

    3.2. Las solicitudes irán dirigidas al Excelentísimo Sr. Consejero de Presidencia y Justicia yse presentarán por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través de la dirección de Internet www.gobcantabria.es dentro de su apartado "0PEC@N" en el caso de que posean certificado digitaly, si procede el pago de tasa, tengan abierta una cuenta en el "Santander", "Caja Cantabria" o"La Caixa". La presentación de solicitudes por esta vía conllevará el pago telemático de la tasade derechos de examen, en su caso. En aquellos casos en que se debiese de presentar docu-

      CVE-2010-10567

      mentación adicional junto con la solicitud electrónica, deberá ser aportada presencialmente enlos lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente podrá presentarse en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en losRegistros Auxiliares y en los Registros Delegados y en cualesquiera de los lugares y mediosseñalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre).

      3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contadosdesde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Cantabria".

      3.4.- Quienes se presenten por el turno de promoción interna únicamente podrán participarpor ese turno.

  4. - Derechos de examen.

    4.1.- Los derechos de examen serán de 26,92 euros, y serán objeto de ingreso únicamenteen cualquier sucursal del "Santander" en el caso de que se opte por la modalidad presencialde tramitación.

    4.2.- En la solicitud de participación en esta convocatoria deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidadfinanciera en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o, en su defecto,sello y firma de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    4.3.- Los derechos de examen tienen la consideración de ingresos de derecho público, y noserán objeto de devolución, salvo que por causas no imputables al interesado no se hubieraprestado o realizado la inscripción en la presente convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos ("Boletín Oficial de Cantabria" edición especial número 29, de 30 de diciembre).

  5. - Titulación y otros requisitos de acceso por promoción interna.

    5.1.- Estar en posesión del título de Licenciado en Farmacia expedido por el Estado Españolo debidamente homologado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjerose deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes quehubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

    Los aspirantes que concurran a esta convocatoria por el turno de promoción interna deberán, además:

    1. Estar incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 67.1 de la Ley de Cantabria 4/1993,de 10 de marzo, de Función Pública.

    2. Pertenecer como funcionario de carrera a algún Cuerpo del Subgrupo A2, incluidos dentrodel ámbito de aplicación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.

    3. Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios efectivos en el Cuerpo o Escalade pertenencia el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación(artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y 67 de la Ley de Cantabria 4/1993,de 10 de marzo).

    5.2.- Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionariode carrera.

  6. - Admisión de aspirantes.

    6.1.- Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el "Boletín Oficialde Cantabria" Resolución del Consejero de Presidencia y Justicia aprobando la relación provi-

    sional de aspirantes admitidos y, en su caso, excluidos, debiendo especificarse en éste últimosupuesto la causa o causas de exclusión, así como el plazo de subsanación, si procede. Dicharelación se podrá consultar en la dirección de Internet del Gobierno de Cantabria: http://www.gobcantabria.es.

    6.2.- En el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del plazo para alegaciones, se publicará en el "Boletín Oficial de Cantabria" y se podrá consultar en la dirección deInternet del Gobierno de Cantabria: http://www.gobcantabria.es, Resolución del Consejero dePresidencia y Justicia aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, ycontra la cual podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de conformidad con lo prevenido en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídicodel Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (B.O.C. número242, de 18 de diciembre de 2002).

    6.3.- Si en la fecha de celebración de las pruebas no se hubiera resuelto el recurso formulado, los aspirantes afectados podrán realizar el examen, si bien éste no tendrá validez en elcaso de ser desestimado el mencionado recurso.

    6.4.- El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediantela presente Orden. Cuando de la documentación que, de acuerdo con la norma decimotercerade esta convocatoria, debe de presentarse en caso de ser aprobado se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieranderivarse de su participación en este procedimiento.

  7. - Proceso selectivo.

    7.1.- El procedimiento selectivo para la cobertura de las plazas convocadas será el de oposición, cuya realización se ajustará a las siguientes particularidades:

    1. La oposición será realizada por todos los aspirantes, con las excepciones que se indicanpara los aspirantes de promoción interna.

    2. El ejercicio voluntario y de mérito podrá ser realizado por los aspirantes incluidos en larelación definitiva de aprobados, siempre que hayan indicado en el modelo de solicitud de participación tal circunstancia, señalándose expresamente en la misma el idioma, inglés o francés,por el que se opte en su caso.

    3. Los aspirantes que procedan del turno de promoción interna tendrán preferencia sobreel resto de los aspirantes para la elección de los puestos de trabajo vacantes que se oferten.

    4. La elección de vacantes por el resto de los aspirantes se efectuará por el orden definitivode puntuación, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en la oposición y, en su caso, laobtenida en el ejercicio voluntario y de mérito.

    7.2.- Oposición.

    7.2.1.- La oposición consta de tres ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.

    7.2.2.- Primer ejercicio. Eliminatorio:

    7.2.2.1.- El primer ejercicio consistirá en desarrollar por escrito tres temas, uno de cadarespectivo Bloque, sacados al azar por el Tribunal del Programa de Materias Específicas quefigura como Anexo I a la presente convocatoria.

    7.2.2.2.- El tiempo para la realización de esta prueba será de tres horas.

    7.2.2.3.- El aspirante que no desarrolle alguno de los tres temas no será objeto de calificación.

    7.2.2.4.- Este ejercicio deberá ser leído ante el Tribunal en sesión pública por el aspirante,apreciándose fundamentalmente la capacidad y formación general, la...

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