Orden PRE/36/2010, de 5 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, en el Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, especialidad Maestro Educador/Diplomado en Educación Social, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Convocatoria 2010/17.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejer
Rango de LeyOrden

CONVOCATORIA 2010/17

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 demarzo, de Función Pública ("Boletín Oficial de Cantabria" extraordinario número 4, de 1 deabril de 1993) y demás normas concordantes que sean de aplicación, se convocan pruebasselectivas para el ingreso, mediante el procedimiento de oposición, en el Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, especialidad Maestro Educador/Diplomado en Educación Social, de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con las siguientesnormas:

  1. - Plazas convocadas

    1.1- Se convocan para su cobertura por funcionarios de carrera de nuevo ingreso un totalde nueve (9) plazas pertenecientes al Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, especialidadMaestro Educador/Diplomado en Educación Social, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Subgrupo de Clasificación "A2", correspondientes a la Oferta de EmpleoPúblico para el ejercicio 2009.

    1.2.- Asimismo, y conforme prevé el artículo 67.1 de la citada Ley de Cantabria 4/1993,de 10 de marzo, se reserva un 11,11% una (1) de las plazas convocadas para su coberturapor el turno de promoción interna. Todas aquellas plazas que no se cubran por este turno seincorporarán al turno libre.

    1.3.- Igualmente, de conformidad con lo dispuesto el artículo 19, apartado tres, del VIIIConvenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria, se reserva un 11,11%, una (1) plaza para promoción interna cruzada.Todas aquellas plazas que no se cubran por este turno se incorporarán al turno libre.

  2. - Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en laOrden PRE/19/2010, de 2 de julio, de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicada en elBoletín Oficial de Cantabria extraordinario número 15, de 9 de julio de 2010.

  3. - Presentación de solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud enel correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en el Registro Generalde la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29,39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados, y que se ajustaráal modelo normalizado que se publica como Anexo a la Orden reguladora de las bases comunes. También se podrá tener acceso al citado impreso a través de la página web del Gobiernode Cantabria www.gobcantabria.es en el apartado "Oferta Pública de Empleo" o dentro delapartado "OPEC@N".

    3.2. Las solicitudes irán dirigidas al Excelentísimo Sr. Consejero de Presidencia y Justicia yse presentarán por cualquiera de los medios siguientes:

    CVE-2010-10579

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través de la dirección de Internet www.gobcantabria.es dentro de su apartado "OPEC@N" en el caso de que posean certificado digitaly, si procede el pago de tasa, tengan abierta una cuenta en el "Santander", "Caja Cantabria" o"La Caixa". La presentación de solicitudes por esta vía conllevará el pago telemático de la tasade derechos de examen, en su caso. En aquellos casos en que se debiese de presentar documentación adicional junto con la solicitud electrónica, deberá ser aportada presencialmente enlos lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente podrá presentarse en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en losRegistros Auxiliares y en los Registros Delegados y en cualesquiera de los lugares y mediosseñalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre).

    3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contadosdesde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Cantabria".

    3.4.- Quienes se presenten por el turno de promoción interna o promoción interna cruzada,únicamente podrán participar por ese turno.

  4. - Derechos de examen.

    4.1.- Los derechos de examen serán de 26,92 euros, y serán objeto de ingreso únicamenteen cualquier sucursal del "Santander" en el caso de que se opte por la modalidad presencialde tramitación.

    4.2.- En la solicitud de participación en esta convocatoria deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidadfinanciera en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o, en su defecto,sello y firma de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    4.3.- Los derechos de examen tienen la consideración de ingresos de derecho público, y noserán objeto de devolución, salvo que por causas no imputables al interesado no se hubieraprestado o realizado la inscripción en la presente convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos ("Boletín Oficial de Cantabria" edición especial número 29, de 30 de diciembre).

  5. - Titulación y otros requisitos de acceso por promoción interna.

    5.1.- Estar en posesión del título de Maestro, Diplomado en Educación Social, expedido porel Estado Español o debidamente homologado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de lacredencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación alos aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en elámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

    5.2.1.- Los aspirantes que concurran a esta convocatoria por el turno de promoción internadeberán, además:

    1. Estar incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 67.1 de la Ley de Cantabria 4/1993,de 10 de marzo, de Función Pública.

    2. Pertenecer como funcionario de carrera a algún Cuerpo del Subgrupo C1, incluidos dentrodel ámbito de aplicación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.

    3. Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala depertenencia el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación (artículo76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y 67 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo).

      5.2.2.- Los aspirantes que concurran a esta convocatoria por el turno de promoción internacruzada deberán, además:

    4. Estar incluidos dentro del ámbito de aplicación del artículo 19, apartado tres, del VIIIConvenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria.

    5. Pertenecer como laborales fijos a la categoría de Educador Diplomado o a aquélla en laque se hubiese integrado conforme a lo dispuesto en el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    6. Tener una antigüedad de al menos dos años de servicios efectivos en la categoría profesional de Educador Diplomado o en aquélla en la que se hubiese integrado conforme a lodispuesto en el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Cantabria, el día de la finalización del plazo de presentación desolicitudes de participación.

      Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentaciónde solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario decarrera.

  6. - Admisión de aspirantes.

    6.1.- Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el "Boletín Oficialde Cantabria" Resolución del Consejero de Presidencia y Justicia aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos y, en su caso, excluidos, debiendo especificarse en éste últimosupuesto la causa o causas de exclusión, así como el plazo de subsanación, si procede. Dicharelación se podrá consultar en la dirección de Internet del Gobierno de Cantabria: http://www.gobcantabria.es.

    6.2.- En el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del plazo para alegaciones, se publicará en el "Boletín Oficial de Cantabria" y se podrá consultar en la dirección deInternet del Gobierno de Cantabria: http://www.gobcantabria.es, Resolución del Consejero dePresidencia y Justicia aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, ycontra la cual podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de conformidad con lo prevenido en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídicodel Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (B.O.C. número242, de 18 de diciembre de 2002).

    6.3.- Si en la fecha de celebración de las pruebas no se hubiera resuelto el recurso formulado, los aspirantes afectados podrán realizar...

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