Ayuntamiento de Santander .- Decreto por el que se regula la organización de la Administración Municipal de Santander en Concejalías de Gobierno, en Áreas de Gobierno y los Órganos Directivos de las mismas.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorAyuntamiento de Santander
Rango de LeyDecreto

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

Decreto por el que se regula la organización de la Administración Municipal de Santander en Concejalías de Gobierno, en Áreas de Gobierno y los Órganos Directivos de las mismas.

El artículo 124.4.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, señala que corresponde al alcalde establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo c) del apartado 1 del artículo 123.

En virtud de lo establecido en este último artículo de la Ley de Bases de Régimen Local, el Pleno del Ayuntamiento de Santander aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración del Municipio de Santander, cuya disposición adicional segunda indica que sus disposiciones se complementarán, y, en su caso, desarrollarán con las que adopte el Alcalde, quien, mediante Decreto, aprobará la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva del municipio de Santander, en desarrollo de lo establecido en el citado Reglamento.

En particular, se acuerda por Decreto del alcalde el número, creación, denominación, modificación, supresión, funciones y estructura orgánica de las Concejalías de Gobierno y de las Áreas de Gobierno, así como de los órganos directivos de éstas.

En virtud de las competencias atribuidas al alcalde por la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración del Municipio de Santander,

DISPONGO

Artículo 1

Concejalías de Gobierno:

En el Ayuntamiento de Santander se crean las siguientes Concejalías de Gobierno:

– Concejalía de Turismo y Protocolo.

– Concejalía de Servicios Generales, Barrios y Participación Ciudadana.

– Concejalía de Economía y Hacienda.

– Concejalía de Comercio y Mercados.

– Concejalía de Infraestructuras, Urbanismo y Vivienda.

– Concejalía de Medio Ambiente.

– Concejalía de Autonomía Personal.

– Concejalía de Familia, Bienestar Social e Igualdad.

– Concejalía de Juventud, Empleo y Nuevas Tecnologías.

– Concejalía de Cultura, Educación y Ocio.

– Concejalía de Protección Ciudadana y Personal.

– Concejalía de Salud, Inmigración y Cooperación al Desarrollo.

– Concejalía de Deportes.

– Concejalía de...

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