Ayuntamiento de Castro Urdiales .- Resolución aprobando la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana.

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AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

Resolución aprobando la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana.

El Pleno del Ayuntamiento de Castro Urdiales, en sesión celebrada el día 7 de julio de 2006, aprobó definitivamente la Modificación Puntual del PGOU referente a las dotaciones de aparcamientos en los usos residencial, comercial y de oficinas.

En dicha aprobación se incluye 1.- Memoria: 1.0.- Antecedentes, 1.1.- Objeto, 1.2.- Justificación del interés público, 1.3.- Contenido de la Modificación, 1.4.- Efecto de las Modificaciones Propuestas.

  1. - Normativa: 2.1.- Determinaciones vigentes (actual PGOU), 2.2.- Determinaciones propuestas.

    La Modificación queda redactada en los siguientes términos:

    MEMORIA

    1.0.- ANTECEDENTES.

    Con fecha 02 de febrero del 2006 fue redactada la Memoria de la Modificación Puntual del P.G.O.U. de Castro Urdiales referente a las dotaciones de aparcamientos en los usos residencial, comercial y de oficinas, por encargo del Ayuntamiento de Castro Urdiales, C.I.F. P-3902000-C y domicilio en Plaza del Ayuntamiento 1, 39700 Castro Urdiales.

    La autoría de este documento corresponde a IZTAU S.L., Ibarrola & Zulueta Taller de Arquitectura y Urbanismo, C.I.F. B-48966188 y al equipo ORTEGA Y CRESPO S.C., C.I.F. G-95317616. Los arquitectos urbanistas encargados por IZTAU S.L. son Javier Ibarrola Altuna y Alberto Zulueta Goienetxea, mientras que el abogado encargado por ORTEGA Y CRESPO S.C. es Alfredo Ortega Altuna.

    La Memoria de la Modificación Puntual fue aprobada inicialmente en sesión por el Ayuntamiento Pleno de Castro Urdiales el día 17 de junio del 2005, publicada en el B.O.C. el día 05 de julio del 2005, página 7403, y aprobada provisionalmente el 17 de octubre del 2005.

    El Servicio de Impacto y Autorizaciones Ambientales de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria emitió un informe de fecha 03 de octubre del 2005, sobre la innecesariedad de someter el expediente a procedimiento reglado alguno de Evaluación de Impacto Ambiental de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2.2. de la Ley 5/2002, por considerarse que son modificaciones menores que no conllevan efectos significativos sobre el medio ambiente.

    Posteriomente fue remitida a la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, del Gobierno de Cantabria, solicitando el Informe Previo a la Aprobación de la Modificación Puntual.

    La C.R.O.T.U. en sesión de fecha 25 de enero del 2006 "acuerda informar desfavorablemente la modificación en tanto se concrete la definición de semisótano que permita una única planta de este carácter por coherencia con la regulación del P.G.O.U. de Castro Urdiales".

    También incide en que por lo que respecta al aprovechamiento del subsuelo en los parques y jardines públicos, deberá garantizarse el mantenimiento de las zonas verdes y espacios libres en superficie, respetando aquél las determinaciones de la normativa sectorial correspondiente.

    Se realizó un primer Texto Refundido de fecha 8 de ebrero del 2006, que fue corregido en un Segundo Texto Refundido de fecha 6 de marzo del 2006.

    Las correcciones introducidas en este Segundo Texto Refundido afectaban a la consideración de que las rasantes que deben ser tenidas en cuenta en la definición de las plantas de sótano, semisótano y planta baja, son las rasantes de las calles existentes o previstas que circunscriban los solares objeto de edificación.

    El Segundo Texto Refundido fue remitido a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, del Gobierno de Cantabria, solicitando la Aprobación de la Modificación Puntual.

    La C.R.O.T.U. en sesión de fecha 31 de Mayo del 2006 "acuerda comunicar al Ayuntamiento las anteriores deficiencias para su subsanación. Asimismo se solicita la remisión, debidamente diligenciada, de la modificación puntual una vez que la misma haya sido aprobada definitivamente".

    Las deficiencias a las que hace referencia son las siguientes :

  2. No constan las notificaciones a que se refiere el artículo 68.3 de la Ley 2/2001. En este sentido hay que manifestar que a la fecha de la redacción del Segundo Texto Refundido de la Modificación Puntual no habían sido realizadas las comunicaciones de la aprobación inicial a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma, a los Ayuntamientos limítrofes y al Registro de la Propiedad. Este hecho ha sido solventado y notificado a estas entidades.

  3. Se debe especificar que el número de plantas bajo rasante y la profundidad de la cara superior del forjado de la última planta de sótano, se debe medir desde la rasante de las calles. Se trataba de un error material sobre un texto anterior del Plan General que ha sido corregido.

  4. Se debe anular el párrafo h del artículo VIII.2.10. Este párrafo ha sido anulado.

  5. En los terrenos calificados como de espacios libres de uso público se considera necesario establecer condiciones de construcción del garaje aparcamiento que garantice el mantenimiento de los parques y jardines públicos en la superficie. En este sentido se ha hecho constar expresamente la necesidad de esta garantía.

  6. Se debe garantizar el cumplimiento de las condiciones determinadas en el artículo X.11.2 que remite al capítulo V del Título IX de las normas del PGOU. Se han impuesto limitaciones en diferentes apartados del artículo X.11.3. Especialmente reseñable es la imposibilidad de no construir garajes en parques urbanos, entendiendo como tales los espacios forestales de más de una hectárea, ya que es obvio que en estas zonas que no son urbanas por su carácter forestal, no es necesaria la realización de garajes públicos en el bajo rasante.

  7. Se plantea como una consideración técnica la posibilidad de limitar el aumento del número de plantas bajo rasante a generar más plazas de aparcamiento en las futuras promociones con...

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