Resolución de 27 de marzo de 2017, que establece las bases y convoca para el año 2017 las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

Resolución de 27 de marzo de 2017, que establece las bases y convoca para el año 2017 las pruebas de acceso a ciclos formativos degrado medio de Formación Profesional del sistema educativo en laComunidad Autónoma de Cantabria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone, en el artículo 41, que podrán acceder a los ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional del sistema educativo aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una pruebade acceso, regulada por las Administraciones educativas, que acredite los conocimientos yhabilidades suficientes para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

La disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora dela calidad educativa, relativa al calendario de implantación, indica, en su apartado 6, que lasmodificaciones introducidas en las condiciones de acceso y admisión a las enseñanzas reguladas en dicha Ley Orgánica, entre ellas, las de la Formación Profesional, serán de aplicación enel curso escolar 2016-2017.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general dela Formación Profesional del sistema educativo, regula, en su artículo 17, las condiciones básicas para el desarrollo de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio, en relacióncon el curso de acceso a los ciclos formativos de grado medio que se regula en el artículo 16del citado Real Decreto.

El Decreto 4/2010, de 28 de enero, por el que se regula la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, establece, ensu artículo 18, que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte regulará las pruebas de accesoa la Formación Profesional del sistema educativo que se convocarán, al menos, una vez al año.

La implantación del currículo de Educación Secundaria Obligatoria derivado del Decreto38/2015, de 22 de mayo, que establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria ydel Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como de los ciclos de FormaciónProfesional Básica, hace necesario recoger otras posibilidades de exención no contempladascon anterioridad en la convocatoria de estas pruebas correspondiente al año 2017.

La Resolución de 25 de agosto de 2016, de la Dirección General de Formación Profesionaly Educación Permanente, dicta instrucciones sobre el proceso de admisión y el desarrollo delcurso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado medio de FormaciónProfesional del sistema educativo en el curso 2016-2017. En dicha resolución, están previstoslos efectos de este curso en relación con las pruebas de acceso a ciclos formativos de gradomedio de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, y de enseñanzas deportivas derégimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria. La implantación del citado cursode formación específico hace preciso contemplar otras posibles exenciones en relación con laspruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional del sistemaeducativo, así como adaptar la organización de dichas pruebas.

Por ello, en virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de laLey 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración dela Comunidad Autónoma de Cantabria,

RESUELVO

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

La presente resolución tiene por objeto establecer las bases y convocar las pruebas deacceso a ciclos formativos de grado medio de la Formación Profesional del sistema educativopara el año 2017 en el ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte dela Comunidad Autónoma de Cantabria.

Segundo. Destinatarios y requisitos para concurrir a las pruebas.

  1. Podrán concurrir a las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio convocadas mediante la presente resolución quienes no posean los requisitos académicos para elacceso directo y tengan, como mínimo, 17 años cumplidos antes del 31 de diciembre de 2017.Se considera que no tienen los requisitos académicos aquellos aspirantes que no están en posesión de alguno de los siguientes títulos o condiciones:

    1. El Título de Graduado en Educación Secundaria.

    2. La superación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio deFormación Profesional del sistema educativo, así como la superación de la parte general de laprueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de artes plásticas y diseño, y de enseñanzas deportivas de grado medio, en otra convocatoria diferente a la que se realiza en la presenteresolución.

    3. El Título Profesional Básico.

    4. El Título de Técnico Auxiliar.

    5. El Título de Técnico.

    6. La superación del curso al que se refiere la Resolución de 25 de agosto de 2016,por la que se dictan instrucciones sobre el proceso de admisión y el desarrollo del curso de formación específico para el acceso a Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional en el curso2016-2017, o de cursos autorizados por otras Administraciones educativas al amparo de lodispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establecela ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo.

    7. El Título de Bachiller Superior.

    8. La superación de los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.

    9. La superación del segundo curso de Bachillerato Unificado y Polivalente, con unmáximo de dos materias evaluadas negativamente.

    10. La superación del segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma delas enseñanzas medias.

    11. La superación del tercer curso del plan de 1963 o del segundo curso de comunesexperimental de las enseñanzas Artísticas Aplicadas y Oficios Artísticos.

    12. El Título de Oficialía Industrial.

    13. La superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

    14. Alguno de los títulos o situaciones que permiten el acceso a ciclos formativos degrado superior de Formación Profesional del sistema educativo, según lo dispuesto en el artículo41 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y lo establecido en la disposición adicionaltercera de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

  2. Podrán participar de nuevo para la realización de la prueba quienes hayan superado laspruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio en convocatorias anteriores y deseenuna mejora de la calificación. En todo caso, habrán de hacerlo siempre en las nuevas condiciones que establece la presente convocatoria,

  3. No se podrá concurrir a las pruebas de acceso en más de una comunidad autónoma enel mismo curso escolar.

    Tercero. Plazo y lugar de inscripción. Lista de admitidos.

  4. El periodo de inscripción para la realización de estas pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio estará comprendido entre el 10 y el 28 de abril de 2017, ambos inclusive.Deberá tenerse en cuenta que el interesado solo podrá presentar solicitud de exención si, enel momento de la prueba, está en posesión de alguna de las condiciones que se señalan enel apartado Quinto, sin perjuicio de lo establecido en los subapartados 1.a) y 2.a) de dichoapartado.

  5. Las inscripciones se formalizarán presentando la solicitud, según modelo que figura comoanexo I, en la secretaría de cualquier centro público de la Comunidad Autónoma de Cantabriaque imparta Formación Profesional del sistema educativo. Asimismo, se podrán presentar encualesquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002,de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria. Si en el uso de este derecho, la solicitud de inscripción se remite porcorreo, deberá presentarse en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por elpor el personal de Correos antes de ser certificada.

  6. Los centros receptores de las inscripciones comunicarán a los directores de los centrosdonde se realizan las pruebas, según modelo que figura como anexo II, los listados de inscritosen las mismas, antes del 10 de mayo de 2017, asegurando que cada centro reciba la información necesaria para la realización de las pruebas correspondientes.

  7. Comprobado el cumplimiento de los requisitos de acceso y resueltas, en su caso, las solicitudes de exención, los centros donde se realicen las pruebas publicarán, según el modelo quefigura como anexo III, las listas provisionales de admitidos y los resultados de las solicitudesde exención, el día 25 de mayo de 2017. Contra estas listas se podrá presentar reclamaciónmotivada ante el director del centro donde se celebre la prueba, en el plazo de dos días hábilesa partir del día de su publicación.

  8. Resueltas las reclamaciones, se publicarán las listas definitivas de admitidos con las correspondientes exenciones, conforme al modelo que figura en el anexo III, el día 31 de mayode 2017, en los lugares indicados en el subapartado anterior.

  9. Contra esta lista podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, en el plazo de un mes a partir del díasiguiente a su fecha de publicación.

    Cuarto. Documentación a presentar por los aspirantes.

  10. En su caso, los aspirantes deberán presentar, junto con la solicitud, la siguiente documentación:

    1. Documentación acreditativa de la exención solicitada, según se indica en el apartadoQuinto de esta resolución.

    2. Solicitud de adaptación de medios y de tiempo, junto con el certificado acreditativo delgrado de minusvalía.

  11. Quienes habiendo superado la prueba en convocatorias anteriores, deseen realizar laprueba con la finalidad de mejorar su calificación, y siempre en las condiciones que establecela presente convocatoria, deberán hacerlo constar en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR