Decreto 30/2007, de 15 de marzo, por el que se renuevan parcialmente los vocales del Consejo Social de la Universidad de Cantabria en representación de los alumnos de la Universidad de Cantabria.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

CONSEJO DE GOBIERNO

Decreto 30/2007, de 15 de marzo, por el que se renuevan parcialmente los vocales del Consejo Social de la Universidad de Cantabria en representación de los alumnos de la Universidad de Cantabria.

La Ley de Cantabria 10/1998, de 21 de septiembre, del Consejo Social de la Universidad de Cantabria, prevé en los apartados 1 y 2 del artículo 5, la designación de ocho miembros en representación de la Junta de Gobierno, actual Consejo de Gobierno de la Universidad, de los cuales serán miembros natos el Rector, el secretario general y el Gerente de la Universidad y los cinco miembros restantes serán elegidos por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cantabria entre sus componentes, debiendo estar representados los profesores, los alumnos y el personal de Administración y Servicios.

Por Decreto 98/2006, de 5 de octubre, por el que se renuevan parcialmente los vocales del Consejo Social de la Universidad de Cantabria en representación de los alumnos de la Universidad de Cantabria, se acordó por el Consejo de Gobierno de Cantabria el nombramiento como vocal en representación del sector alumnos a don Jorge Gutiérrez Martín.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Cantabria, en sesión ordinaria de 16 de febrero de 2007, acordó proponer al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la sustitución del anterior representante de los estudiantes, don Jorge Gutiérrez Martín, por el actual presidente del Consejo de Estudiantes don Alfonso Santibáñez Canales.

En virtud de lo anterior, y a propuesta de la excelentísima señora consejera de Educación, al amparo de lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los artículos 7 y 10 de la Ley 10/1998, de 21 de septiembre, del Consejo Social de la Universidad de Cantabria y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18.e) de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de marzo de 2007,

DISPONGO

Artículo Único

El cese como vocal del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR