Orden ECD/63/2013, de 6 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de la XVI Edición del Premio de Cuentos Manuel Llano.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/63/2013, de 6 de mayo, por la que se establecen lasbases reguladoras y se aprueba la convocatoria de la XVI Edición delPremio de Cuentos Manuel Llano.

Conforme a lo establecido por el artículo 24.18 del Estatuto de Autonomía de Cantabria, lacultura es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Según las disposiciones legales que articulan el ejercicio de esta competencia, corresponden a la Consejería deEducación Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria las funciones de fomento de la culturaen todos sus aspectos. En su virtud, por medio de la presente orden se procede a convocar laXVI edición del Premio de Cuentos Manuel Llano, como muestra de apoyo a la creación literariaen dicha modalidad en todo el ámbito de la lengua española y homenaje a la figura del ilustreprosista.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me han sido legalmente conferidas.

DISPONGO

ARTÍCULO 1 El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras y aprobarla convocatoria de la XVI edición del Premio de Cuentos Manuel Llano.

La concesión del premio se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva.

ARTÍCULO 2 El premio tendrá una dotación económica de 3.000 euros, que se financiarácon cargo a la partida presupuestaria 2013.09.08.334A.485, al que se aplicará la retenciónfiscal que proceda en el momento del fallo.
ARTÍCULO 3 El premio se ajustará en su desarrollo a las siguientes

BASES

PRIMERA.- Requisitos de los participantes.

  1. Podrán participar todos los autores con independencia de su nacionalidad, excepto losganadores de ediciones anteriores de este premio.

  2. En ningún caso podrán ser premiados al amparo de esta Orden quienes se hallaren enalguna de las circunstancias previstas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

    SEGUNDA.- Compatibilidad.

    La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

    TERCERA.- Requisitos de las obras.

  3. Cada autor podrá presentar una obra.

  4. La obra, cuyo contenido y forma será libre, deberá reunir los siguientes requisitos:.

    - Estar escrita en castellano.

    - El número mínimo de relatos de la obra será de cinco, sin límite máximo.

    - La extensión de la obra, en su conjunto, no será inferior a 70 páginas ni superior a 170.

    - El número de renglones por página no será superior a 35 ni inferior a 20, con letrade 12/13 puntos de tamaño de fuente.

    - Se presentará en soporte papel, por triplicado, mecanografiado a doble espacio, poruna sola cara, debidamente paginada y en tamaño DIN-A4, con el título o lema correspondiente al conjunto de la obra, debiendo carecer de cualquier detalle que pueda...

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